25/06/03    

25/06/03 – EXONERACIÓN DE RECARGOS PARA EL LATU


VISTO:
la gestión promovida por el Laboratorio Tecnológico del Uruguay en la que solicita autorización para importar con exoneración de recargos y demás gravámenes diversos bienes de medición.-

RESULTANDO: I) que el Laboratorio gestionante, tiene como objetivo, contribuir al desarrollo productivo e industrial de todos los sectores de actividad del país, aportando investigación, tecnología y asesoramiento técnico, para lo cual requiere la permanente incorporación de equipamiento y materiales con las técnicas más modernas.-

II) que se solicita la exoneración de la Tasa Global Arancelaria y del Impuesto al Valor Agregado para la importación de los referidos bienes.-

CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a lo establecido en el artículo 164° de la Ley N° 13.640, de 26 de diciembre de 1967, con las modificaciones dispuestas por el artículo 97° de la Ley N° 13.737, de 9 de enero de 1969 y por el artículo 99° de la Ley N° 16.134, de 24 de setiembre de 1990, el Laboratorio peticionante es persona pública no estatal.-

II) que por el artículo 2° de la Ley N° 12.670, de 17 de diciembre de 1959, y artículo 4° del Decreto-Ley N° 14.629, de 5 de enero de 1977, el Poder Ejecutivo está facultado para exonerar del pago de la Tasa Global Arancelaria.-

III) que con respecto a la exoneración del Impuesto al Valor Agregado, no existe en la especie norma legal que habilite al Poder Ejecutivo a disponerla.-

ATENTO: a lo informado por la Asesoría Jurídica y la División Técnico Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

R E S U E L V E:

1°) Exonérase al Laboratorio Tecnológico del Uruguay (LATU) del pago de la Tasa Global Arancelaria, en ocasión de la importación de tres blocks patrón cerámico rectangular Nros. 613683-021, 613685-021 y 613682-021; un juego de blocks patrones cerámicos rectangulares N° 516-338-10 y un juego de accesorios para blocks patrones N° 516-602, por un valor total de y 770.480,00 (yenes setecientos setenta mil cuatrocientos ochenta) .-

2°) Comuníquese, notifíquese y archívese.