25/06/03
25/06/03 – EXONERACIÓN DE RECARGOS PARA
EL LATU
VISTO: la gestión
promovida por el Laboratorio Tecnológico del Uruguay en la que solicita
autorización para importar con exoneración de recargos y demás
gravámenes diversos bienes de medición.-
RESULTANDO: I) que el
Laboratorio gestionante, tiene como objetivo, contribuir al desarrollo
productivo e industrial de todos los sectores de actividad del país,
aportando investigación, tecnología y asesoramiento técnico, para lo
cual requiere la permanente incorporación de equipamiento y materiales
con las técnicas más modernas.-
II) que se solicita
la exoneración de la Tasa Global Arancelaria y del Impuesto al Valor
Agregado para la importación de los referidos bienes.-
CONSIDERANDO: I) que
de acuerdo a lo establecido en el artículo 164° de la Ley N° 13.640, de
26 de diciembre de 1967, con las modificaciones dispuestas por el
artículo 97° de la Ley N° 13.737, de 9 de enero de 1969 y por el
artículo 99° de la Ley N° 16.134, de 24 de setiembre de 1990, el
Laboratorio peticionante es persona pública no estatal.-
II) que por el
artículo 2° de la Ley N° 12.670, de 17 de diciembre de 1959, y
artículo 4° del Decreto-Ley N° 14.629, de 5 de enero de 1977, el Poder
Ejecutivo está facultado para exonerar del pago de la Tasa Global
Arancelaria.-
III) que con
respecto a la exoneración del Impuesto al Valor Agregado, no existe en la
especie norma legal que habilite al Poder Ejecutivo a disponerla.-
ATENTO: a lo
informado por la Asesoría Jurídica y la División Técnico Fiscal
del Ministerio de Economía y Finanzas.-
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
R
E S U E L V E:
1°) Exonérase al
Laboratorio Tecnológico del Uruguay (LATU) del pago de la Tasa Global
Arancelaria, en ocasión de la importación de tres blocks patrón
cerámico rectangular Nros. 613683-021, 613685-021 y 613682-021; un juego
de blocks patrones cerámicos rectangulares N° 516-338-10 y un juego de
accesorios para blocks patrones N° 516-602, por un valor total de y
770.480,00 (yenes setecientos setenta mil cuatrocientos ochenta) .-
2°) Comuníquese,
notifíquese y archívese.
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