25/06/03    

25/06/03 – SE APRUEBA CONVENIO ENTRE MTOP, ANEP Y LA ASOCIACIÓN DE PADRES Y ALUMNOS DEL LICEO DE VILLA ANSINA

VISTO: el convenio celebrado el 16 de junio de 2003, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la Asociación de Padres y Alumnos del Liceo de Villa Ansina, Departamento de Tacuarembó

RESULTANDO: I) que con fecha trece de diciembre de 2001 se firmó un convenio marco entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Administración Nacional de Educación Pública, aprobado por el Poder Ejecutivo con fecha 31/12/2001

II) que el convenio mencionado en el visto de la presente resolución con un aporte de la Administración Nacional de Educación Pública de $433.000.- (pesos uruguayos cuatrocientos treinta y tres mil), pagadero en 2 (dos) cuotas de $216.500.- (pesos uruguayos doscientos. dieciséis mil quinientos) cada una; tiene por finalidad realizar cambio de cielorraso y eléctrica

CONSIDERANDO: I) que el convenio relacionado se ajusta a lo dispuesto en el artículo 20° de la Ley N° 17.243 del 29 de Junio de 2000, al artículo 4° del Decreto 137/001 de fecha 25 de abril de 2001 y al numeral tercero del artículo quinto del citado convenio marco

ATENTO: a la normativa mencionada ya los informes de los técnicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y de la Administración Nacional de Educación Pública

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°. Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 16 de junio de 2003, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la Asociación de Padres y Alumnos del liceo de Villa Ansina, Departamento de Tacuarembó, con el objeto de realizar el cambio de cielorraso y eléctrica

2°. Comuníquese, y previo conocimiento de la Auditoría Delegada del Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, pase a la Gerencia de Inversiones de la citada Administración a efectos de gestionar la transferencia a la Cuenta N° 053-0004327, del Banco de la Republica Oriental del Uruguay (Sucursal Tacuarembó), perteneciente a la A.P.A.L. del Liceo de Villa Ansina, cuyos titulares son las Señoras María Isabel Rodríguez e Isidora Ortiz de Falcón.- Cumplido, vuelva con la constancia de dicha transferencia al Departamento de Convenios del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a sus efectos.-