25/06/03    

25/06/03 – SE APRUEBA CONVENIO ENTRE MTOP, ANEP Y LA COMISIÓN DE FOMENTO DEL JARDÍN DE INFANTES N° 151 DE TACUAREMBÓ

VISTO: el convenio celebrado el 16 de junio de 2003, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la Comisión Fomento del Jardín de Infantes N° 151, de Barrio Juan Domingo López, Departamento de Tacuarembó

RESULTANDO: I) que con fecha trece de diciembre de 2001 se firmó un convenio marco entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Administración Nacional de Educación Pública, aprobado por el Poder Ejecutivo con fecha 31/12/2001

II) que el convenio mencionado en el visto de la presente resolución con un aporte de la Administración Nacional de Educación Pública de $173.000.- (pesos uruguayos ciento setenta y tres mil), pagadero en 1 (una) cuota, tiene por finalidad realizar la construcción de batería de baños para salones Nos, 2 y 3 y pavimento de dos salones

CONSIDERANDO: I) que el convenio relacionado se ajusta a lo dispuesto en el artículo . 20° de la Ley N° 17,243 del 29 de Junio de 2000, al artículo 4° del Decreto 137/001 de fecha 25 de abril de 2001 y al numeral tercero del artículo quinto del citado convenio marco

ATENTO: a la normativa mencionada y a los informes de los técnicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y de la Administración Nacional de Educación Pública

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°. Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 16 de junio de 2003, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la Comisión Fomento del Jardín N° 151, de Barrio Juan Domingo López, Departamento de Tacuarembó, con el objeto de realizar la construcción de batería de baños para salones Nos. 2 y 3 y pavimento de dos salones

2°. Comuníquese, .y previo conocimiento de la Auditoría Delegada del Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, pase a la Gerencia de Inversiones de la citada Administración a efectos de gestionar la transferencia a la Cuenta N° 053-003543-8, del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal Tacuarembó), perteneciente a la Comisión Fomento del Jardín de Infantes N° 151, de Barrio Juan Domingo López.- Cumplido, vuelva con la constancia de dicha transferencia al Departamento de Convenios del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a sus efectos.-