09/07/03
08/07/03 – SE RATIFICA LA
PRÓRROGA DISPUESTA A.S.S.E. SOBRE DEL LLAMADO A LICITACIÓN N° 30/2001
VISTO: que por
Resolución del Poder Ejecutivo. de fecha 20 de noviembre de 2001 se
adjudicó el llamado a Licitación Pública No. 30/2001
"Contratación de Servicios de C. T .I. para Niños, Recién Nacidos
y Adultos Derivados por las Unidades Ejecutoras de A.S.S.E. de Montevideo
e Interior del País" para atender los requerimientos del Ejercicio
2002:
CONSIDERANDO: I) que la
posibilidad de prórroga por el Ejercicio 2003 se establece en el Pliego
Particular de Condiciones;
II) que la resolución
de adjudicación antes citada autorizó a prorrogar total o parcialmente
el contrato por períodos anuales hasta el 31 de diciembre de 2004 de
acuerdo a lo que resuelva la Dirección General de A.S.S.E.;
III) que el Director
General de A.S.S.E. haciendo uso de dicha facultad por Resolución del 17
de marzo de 2003 prorroga la Licitación por ser conveniente para los
intereses de la Administración;
IV) que se remitieron
estos obrados a la intervención previa del Tribunal de Cuentas de la
República;
V) que dicho Cuerpo
observa el gasto indicando que el monto correspondiente a la prórroga por
el ejercicio 2003 excede la competencia del Director General de A.S.S.E.;
VI) que la
Contratación de Servicios de C.T.I. para Niños, Recién Nacidos y
Adultos es imprescindible para satisfacer la demanda de los pacientes en
estado crítico derivados por las Unidades Ejecutoras de A.S.S.E. de
Montevideo e Interior del País;
VII) que la
Administración tiene la potestad de insistir en el gasto observado;
ATENTO: a lo dispuesto
por el artículo 97 del Texto de Ordenamiento, Contabilidad y
Administración Financiera del Estado;
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE:
1° Ratifícase la
prórroga dispuesta por la Dirección General de A.S.S.E. por resolución
de fecha 17 de marzo de 2003 respecto del llamado a Licitación N°
30/2001 "Contratación de Servicios de C.T.I. para Niños. Recién
Nacidos y Adultos derivados por las Unidades Ejecutoras de A.S.S.E. de
Montevideo e Interior del País", por el periodo enero- diciembre de
2003 según se establece en el Pliego Particular de Condiciones.
2° Insístese
-conforme lo faculta a la Administración- en el gasto que derive de la
ejecución del contrato; destacando que la Contratación de Servicios de
C.T.I. para Niños, Recién Nacidos y Adultos es imprescindible
para satisfacer la demanda de los pacientes en estado crítico derivados
por las Unidades Ejecutoras de A.S.S.E. de Montevideo e Interior del
País.
3° Remítase copia de
la presente resolución al Tribunal de Cuentas de la República (artículo
8° de la Ordenanza de dicho Cuerpo de 22 de mayo de 1958).
4° Comuníquese.
5° Vuelva a la
División Recursos Materiales y Servicios de A.S.S.E. a efectos de la
prosecución e trámite.-
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