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– SE CONFIRMA RESOLUCIÓN DE 26/12/2002 QUE ADJUDICA LICITACIÓN
PÚBLICA N° 08/2002
VISTO:
el recurso de revocación interpuesto por la Doctora Liliana Fassanello
RESULTANDO: I) que el
mismo se presenta contra la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 26 de
diciembre de 2002 (Interna N° 231/2002) por la que se dispuso adjudicar
la Licitación Pública N° 08/2002 "Realización de Estudios
Médicos" con destino a las Unidades Ejecutoras de la Administración
de los Servicios de Salud del Estado de Montevideo, primer llamado,
Periódica, Plaza, de 9 de mayo de 2002, para satisfacer las necesidades
entre el 1° de setiembre y el 31 de diciembre de 2002
II) que la recurrente
se agravia manifestando que la Comisión Asesora de Adjudicaciones al
evaluar las ofertas correspondientes a los items Nos. 280, 429 y 578,
aconseja ratificar las mismas a la firma adjudicataria en mérito a
antecedentes negativos de la Firma Liliana Fassanello
CONSIDERANDO: I) que la
citada Comisión Asesora actuó conforme a la previsión expresa del
"Pliego Especial de Condiciones", el cual establece que en el
tema "de la adjudicación" la administración podrá tomar en
consideración antecedentes documentados de las firmas oferentes en
contrataciones anteriores con establecimientos de la Administración de
los Servicios de Salud del Estado
II) que por lo
expresado y de acuerdo con lo informado por la División
Jurídico-Notarial del Ministerio de Salud Pública, corresponde no hacer
lugar al recurso de revocación interpuesto
ATENTO: a lo dispuesto
en el artículo 317 de la Constitución de la República
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Confirmase la
resolución del Poder Ejecutivo de fecha 26 de diciembre de 2002 (Interna
N° 231/2002), por la cual se dispuso adjudicar la Licitación Pública
N° 08/2002 "Realización de Estudios Médicos" con destino a
las Unidades Ejecutoras de la Administración de los Servicios de Salud
del Estado de Montevideo, primer llamado, Periódica, Plaza, de 9 de mayo
de 2002, para satisfacer las necesidades entre el 1° de setiembre y el 31
de diciembre de 2002
2°.- Rechazar la
prueba ofrecida por ser ésta inconducente
3°.- Notifíquese
.Comuníquese.-
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