09/07/03    

08/047/03 – SE CONFIRMA RESOLUCIÓN DE 26/12/2002 QUE ADJUDICA LICITACIÓN PÚBLICA N° 08/2002

VISTO: el recurso de revocación interpuesto por la Doctora Liliana Fassanello

RESULTANDO: I) que el mismo se presenta contra la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 26 de diciembre de 2002 (Interna N° 231/2002) por la que se dispuso adjudicar la Licitación Pública N° 08/2002 "Realización de Estudios Médicos" con destino a las Unidades Ejecutoras de la Administración de los Servicios de Salud del Estado de Montevideo, primer llamado, Periódica, Plaza, de 9 de mayo de 2002, para satisfacer las necesidades entre el 1° de setiembre y el 31 de diciembre de 2002

II) que la recurrente se agravia manifestando que la Comisión Asesora de Adjudicaciones al evaluar las ofertas correspondientes a los items Nos. 280, 429 y 578, aconseja ratificar las mismas a la firma adjudicataria en mérito a antecedentes negativos de la Firma Liliana Fassanello

CONSIDERANDO: I) que la citada Comisión Asesora actuó conforme a la previsión expresa del "Pliego Especial de Condiciones", el cual establece que en el tema "de la adjudicación" la administración podrá tomar en consideración antecedentes documentados de las firmas oferentes en contrataciones anteriores con establecimientos de la Administración de los Servicios de Salud del Estado

II) que por lo expresado y de acuerdo con lo informado por la División Jurídico-Notarial del Ministerio de Salud Pública, corresponde no hacer lugar al recurso de revocación interpuesto

ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 317 de la Constitución de la República

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Confirmase la resolución del Poder Ejecutivo de fecha 26 de diciembre de 2002 (Interna N° 231/2002), por la cual se dispuso adjudicar la Licitación Pública N° 08/2002 "Realización de Estudios Médicos" con destino a las Unidades Ejecutoras de la Administración de los Servicios de Salud del Estado de Montevideo, primer llamado, Periódica, Plaza, de 9 de mayo de 2002, para satisfacer las necesidades entre el 1° de setiembre y el 31 de diciembre de 2002

2°.- Rechazar la prueba ofrecida por ser ésta inconducente

3°.- Notifíquese .Comuníquese.-