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       10/07/03    
       
      09/10/03
      – SE APRUEBA CONVENIO ENTRE EL MTOP, ANEP Y COMISIÓN DE FOMENTO DE LA
      ESCUELA RURAL N° 24 DE LA LOCALIDAD DE ESTACIÓN CUARÓ
      
       
      VISTO:
      el
      convenio celebrado el 27 de junio de 2003, entre el Ministerio de
      Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación
      Pública y la Comisión Fomento de la Escuela Rural Nº 24, de la
      localidad de Estación Cuaró, Departamento de Artigas.  
      RESULTANDO:
      I) que
      con fecha trece de diciembre de 2001 se firmó un convenio marco entre el
      Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Administración Nacional
      de Educación Pública, aprobado por el Poder Ejecutivo con fecha
      31/12/2002. 
      
       
      II)
      que el convenio mencionado en el visto de la presente resolución con un
      aporte de la Administración Nacional de Educación Pública de $993.000.-
      (pesos uruguayos novecientos noventa y tres mil), pagadero en 2 (dos)
      cuotas de $496.500.- (pesos uruguayos cuatrocientos noventa y seis mil
      quinientos) cada una; tiene por finalidad realizar la construcción de dos
      aulas con galería y alojamiento para el maestro.
      
       
      CONSIDERANDO:
      I) que
      el convenio relacionado se ajusta a lo dispuesto en el artículo 200 de la
      Ley Nº 17.243 del 29 de Junio de 2000, al artículo 4° del Decreto
      137/001 de fecha 25 de abril de 2001 y al numeral tercero del artículo
      quinto del citado convenio marco. 
      
       
      ATENTO:
      a la
      normativa mencionada y a los informes de los técnicos del Ministerio de
      Transporte y Obras Públicas y de la Administración Nacional de
      Educación Pública. 
      
       
      EL
      PRESIDENTE DE LA
      REPÚBLICA
      
       
      RESUELVE:
      
       
      1°.
      Apruébase,
      en todas sus partes, el Convenio celebrado el 27 de junio de 2003, entre
      el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional
      de Educación Pública y la Comisión Fomento de la Escuela Rural N° 24,
      de la localidad de Estación Cuaró,
      Departamento de Artigas, con el objeto de realizar la construcción de dos
      aulas con galería y alojamiento para el maestro, 
      
      
       
      2°.
      Comuníquese, y previo conocimiento de la Auditoria Delegada del Consejo
      Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública,
      pase a la Gerencia de Inversiones de la citada Administración a efectos
      de realizar la transferencia a la Cuenta Nº 02/3406, del Banco de la
      República Oriental del Uruguay (Sucursal Artigas) perteneciente a la
      Inspección Departamental de Educación Primaria de Artigas, para la
      Comisión Fomento de la Escuela Rural N° 24, de Estación Cuaró,
      Cumplido, vuelva con la constancia de dicha transferencia al Departamento
      de Convenios del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a sus
      efectos.  
       
       
       
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