el convenio
celebrado el 27 de junio de 2003, entre el Ministerio de Transporte y
Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la
Asociación de Padres y Alumnos del Liceo de Minas de Corrales,
Departamento de Rivera.
RESUL TANDO: I) que con fecha trece de diciembre de
2001 se firmó un convenio marco entre el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y la Administración Nacional de Educación Pública, aprobado
por el Poder Ejecutivo con fecha 31/12/2002.
II) que el convenio mencionado en el visto de la
presente resolución con un aporte de la Administración Nacional de
Educación Pública de $75.000.- (pesos uruguayos setenta y cinco mil),
pagaderos en 1 (una) cuota; tiene por finalidad realizar la
impermeabilización de 250 m2 en sector antiguo sobre losa de acceso,
corredor y servicios higiénicos.
CONSIDERANDO: I) que el convenio relacionado se
ajusta a lo dispuesto en el artículo 200 de la Ley N° 17.243 del 29 de
Junio de 2000, al artículo 4° del Decreto 137/001 de fecha 25 de abril
de 2001 y al numeral tercero del artículo quinto del citado convenio
marco.
ATENTO: a la normativa mencionada y a los informes
de los técnicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y de la
Administración Nacional de Educación Pública.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°. Apruébase, en todas sus partes, el Convenio
celebrado el 27 de junio de 2003, entre el Ministerio de Transporte y
Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la
Asociación de Padres y Alumnos del Liceo de Minas de Corrales,
Departamento de Rivera, con el objeto de realizar la impermeabilización
de 250 m2 en sector antiguo sobre losa de acceso, corredor y servicios
higiénicos.
2º. Comuníquese, y previo conocimiento de la
Auditoria Delegada del Consejo Directivo Central de la Administración
Nacional de Educación Pública, pase a la Gerencia de Inversiones de la
citada Administración a efectos de realizar la transferencia a la Cuenta
N° 027/000060/8, del Banco de la República Oriental del Uruguay
(Sucursal Minas de Corrales), perteneciente al Liceo de Minas de
Corrales.-
Cumplido, vuelva con la constancia de dicha
transferencia al Departamento de Convenios del Ministerio de Transporte y
Obras Públicas, a sus efectos.