10/07/03    

09/07/03 - SE APRUEBA CONVENIO ENTRE MTOP, ANEP Y LA ASOCIACIÓN DE PADRES Y ALUMNOS DEL LICEO DE MINAS DE CORRALES

VISTO: el convenio celebrado el 27 de junio de 2003, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la Asociación de Padres y Alumnos del Liceo de Minas de Corrales, Departamento de Rivera.

RESUL TANDO: I) que con fecha trece de diciembre de 2001 se firmó un convenio marco entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Administración Nacional de Educación Pública, aprobado por el Poder Ejecutivo con fecha 31/12/2002.

II) que el convenio mencionado en el visto de la presente resolución con un aporte de la Administración Nacional de Educación Pública de $75.000.- (pesos uruguayos setenta y cinco mil), pagaderos en 1 (una) cuota; tiene por finalidad realizar la impermeabilización de 250 m2 en sector antiguo sobre losa de acceso, corredor y servicios higiénicos.

CONSIDERANDO: I) que el convenio relacionado se ajusta a lo dispuesto en el artículo 200 de la Ley N° 17.243 del 29 de Junio de 2000, al artículo 4° del Decreto 137/001 de fecha 25 de abril de 2001 y al numeral tercero del artículo quinto del citado convenio marco.

ATENTO: a la normativa mencionada y a los informes de los técnicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y de la Administración Nacional de Educación Pública.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°. Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 27 de junio de 2003, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la Asociación de Padres y Alumnos del Liceo de Minas de Corrales, Departamento de Rivera, con el objeto de realizar la impermeabilización de 250 m2 en sector antiguo sobre losa de acceso, corredor y servicios higiénicos.

2º. Comuníquese, y previo conocimiento de la Auditoria Delegada del Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, pase a la Gerencia de Inversiones de la citada Administración a efectos de realizar la transferencia a la Cuenta N° 027/000060/8, del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal Minas de Corrales), perteneciente al Liceo de Minas de Corrales.-

Cumplido, vuelva con la constancia de dicha transferencia al Departamento de Convenios del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a sus efectos.