el convenio
celebrado el 27 de junio de 2003, entre el Ministerio de Transporte y
Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la
Comisión Fomento de la Escuela N° 52 "Dr. Semirámides
Zeballos" de Young, Departamento de Río Negro.
RESULTANDO: I) que con fecha trece de diciembre de
2001 se firmó un convenio marco entre el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y la Administración Nacional de Educación Pública, aprobado
por el Poder Ejecutivo con fecha 31/12/2001.
II) que el convenio mencionado en el visto de la
presente resolución con un aporte de la Administración Nacional de
Educación Pública de $264000.- (pesos uruguayos doscientos sesenta y
cuatro mil), pagadero en 1 (una) cuota; tiene por finalidad realizar la
reparación de techos.
CONSIDERANDO: I) que el convenio relacionado se
ajusta a lo dispuesto en el artículo 200 de la Ley N° 17.243 del 29 de
Junio de 2000, al artículo 4° del Decreto 137/001 de fecha 25 de abril
de 2001 y al numeral tercero del artículo quinto del citado convenio
marco.
ATENTO: a la normativa mencionada y a los informes
de los técnicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y de la
Administración Nacional de Educación Pública.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°. Apruébase, en todas sus partes, el Convenio
celebrado el 27 de junio de 2003, entre el Ministerio de Transporte y
Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la
Comisión Fomento de la Escuela Nº 52 "Dr. Semirámides
Zeballos", de Young, Departamento de Río Negro, con el objeto de
realizar la reparación de techos.-
2º. Comuníquese, y previo con cocimiento de la
Auditoria Delegada del Consejo Directivo Central de la Administración
Nacional de Educación Pública, pase a la Gerencia de Inversiones de la
citada Administración a efectos de gestionar la transferencia a la Cuenta
Nº 0610000125, del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal
Young), perteneciente a la Comisión Fomento de la Escuela Nº 52 "
de Young.-
Cumplido, vuelva con la constancia de dicha
transferencia al Departamento de Convenios del Ministerio de Transporte y
Obras Públicas, a sus efectos.