el Convenio
celebrado con fecha 28 de abril de 2003, entre La Dirección Nacional de
Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Intendencia
Municipal deLavalleja
RESULTANDO: I) Que la su,scripción del mencionado
documento tiene por finalidad, el suministro por parte de la citada
Dirección Nacional de 70m3 de diluido asfáltico para la ejecución de
tratamiento bituminoso doble en el tramo urbano de Ruta Nacional N°7
desde el km204 al km206 en su pasaje
por la Ciudad de Batlle y Ordoñez
II) Que a tales fines, la Intendencia Municipal de
Lavalleja se obliga a ejecutar la obra mencionada precedentemente
consistiendo en un tratamiento bituminoso doble
III) Que el Tribunal de Cuentas de la República
(Oficina
Central -Carpeta N°198.919), ha tomado la
intervención que le compete sin formular observaciones al respecto
IV) Que dicho Convenio se suscribió ad-referéndum
de su aprobación por parte del Poder Ejecutivo.
ATENTO: a lo establecido por la cláusula séptima
del documento de referencia.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE
1º.- Apruébase, en todas sus partes, el convenio
celebrado en fecha 28 de abril de 2003, en Vialidad del Ministerio de
Transporte y Obras Públicas y la Intendencia Municipal de Lavalleja
ejecución de tratamiento bituminoso doble, en el tramo urbano de Ruta
Nacional N° 7 desde el km 204 al km 206 en su pasaje por la Ciudad de
Batlle y Ordóñez. Comuníquese y pase a la Dirección Nacional de
Vialidad a sus efectos -