10/07/03    

09/07/03 - SE APRUEBA CONVENIO ENTRE MTOP Y LA INTENDENCIA DE MONTEVIDEO

VISTO: el Convenio de Mantenimiento Rural celebrado el 9 de abril de 2003 entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Intendencia Municipal de Montevideo.

RESULTANDO: I) Que dicho Convenio se enmarca en el Plan de Cooperación acordado por ambas instituciones a fin de implementar un programa destinado a colaborar con el mantenimiento de la red vial rural del citado departamento.

II) Que el plazo para la ejecución del presente convenio vence el 31 de diciembre de 2003 y el monto total a que asciende el mismo es de $1:323.180 según la discriminación estipulada en el documento de que se trata, el que será transferido por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas en la forma y condiciones que se describen en las cláusulas del referido documento.

III) Que la mencionada partida será atendida con los recursos previstos en el Proyecto 855 del Programa 003, Inciso 10, Ley N° 17.296 de 21 de febrero de 2001.-

IV) Que el Tribunal de Cuentas de la República (Oficina Central -Carpeta N° 198.852) intervino estas actuaciones.

ATENTO: a lo informado y a lo expuesto.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

R E S U E L V E: -

1º.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 9 de abril de 2003 entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Intendencia Municipal de Montevideo que obra en autos.

2°.- Autorízase, a los fines indicados, la inversión de la suma total de $1:323.180 (pesos uruguayos: un millón trescientos veintitrés mil ciento ochenta), la que será atendida con los recursos previstos por la Ley N° 17.296 de 21 de febrero de 2001, Inciso 10, Programa 003, Proyecto 855.

3º.- Comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras públicas; para la prosecución de las presentes actuaciones.