el Convenio
      celebrado el 13 de junio de 2003, entre el Ministerio de Transporte y
      Obras Públicas y el Ministerio de Economía y Finanzas.
      
      RESULTANDO: I) que el citado Convenio tiene por
      objeto realizar obras de remodelación en el edificio de la Dirección
      Nacional de Loterías y Quinielas, sito en la calle Cerrito N° 220;
      
      II) Que el Ministerio de Transporte y Obras
      públicas, a través de su Dirección Nacional de Arquitectura, contribuye
      con la asistencia técnica, ejecución de las obras y administración, las
      que se realizarán por el régimen de administración directa, así como
      los equipos e infraestructura empresarial (Cláusula 3ra.);
      
      III) Que el Ministerio de Economía y Finanzas,
      contribuirá con la suma de $517.326.- (pesos uruguayos quinientos
      diecisiete mil trescientos veintiséis), que se atenderá con los rubros
      correspondientes al Inciso 005, Ejercicio 2003, existiendo los créditos
      disponibles de acuerdo al artículo 1º del Decreto N° 24/999, de fecha 3
      de febrero de 1999, Afectación N° 49, Compromiso 001, y con el Decreto
      N° 90/000, del 3 de marzo de 2000. Dicho monto en efectivo, ajustable
      por, el índice General de Costos de la Construcción, elaborado por el
      Instituto Nacional de Estadística, será depositado en la Cuenta de la
      Dirección Nacional de Arquitectura, del Ministerio de Transporte y Obras
      Públicas N° 152 2441-0 del Banco de la República Oriental del Uruguay
      (Cláusulas 3ra. y 4ta.)
      
      CONSIDERANDO: I) que la realización de los
      trabajos indicados en el mencionado Convenio, estarán a cargo de la
      Dirección Nacional de Arquitectura del Ministerio de Transporte y Obras
      Públicas, por el régimen de Administración Directa, por lo que es
      pertinente autorizar a dicha dependencia para contratar directamente y
      ordenar el gasto resultante de los servicios y suministros necesarios a
      tales fines, según lo establecido por el Artículo 97 de la Ley N°'15.
      851 de 24 de diciembre de 1986;
      
      ATENTO: A lo precedentemente expuesto, procede aprobar
      el Convenio de que se trata. 
      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      R E S U E L V E:
      1º.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio
      celebrado el 13 de junio de 2003, entre el Ministerio de Transporte y
      Obras Públicas y el Ministerio de Economía y Finanzas, que tiene por
      finalidad realizar obras de remodelación en el edificio de la Dirección
      Nacional de Loterías y Quinielas, sito en la calle Cerrito N° 220;
      
      2°.- Autorízase a la Dirección Nacional de
      Arquitectura del citado Ministerio, a ejecutar, hasta la suma de
      $517.326.- (pesos uruguayos quinientos diecisiete mil trescientos
      veintiséis) en efectivo, ajustable por el Índice General de Costos de la
      Construcción, elaborado por el Instituto Nacional de Estadística, la
      realización de las indicadas obras por el régimen de Administración
      Directa.
      
      3°.- Autorízase, asimismo, a la Dirección.
      Nacional de Arquitectura, a efectuar todos los aprovisionamientos
      necesarios al amparo de lo dispuesto en el Artículo 97 de la Ley N°
      15.851 de 24 de diciembre de 1986 ,
      
      4°.- Establécese que el Ministerio de Economía y
      Finanzas deberá, previa intervención de las oficinas pertinentes, poner
      a disposición de la Dirección Nacional de Arquitectura, el aporte en
      efectivo referido, en la Cuenta N° 152 2441-0 del Banco de la República
      Oriental del Uruguay (Casa Central) de la indicada Dirección.
      
      5°.- Establécese que la Dirección Nacional de
      Arquitectura, deberá rendir cuenta documentada de los fondos puestos a su
      disposición de acuerdo con las normas legales
      reglamentarias.
      
      6°.- Comuníquese y vuelva por su orden al
      Departamento de Convenios y Dirección Nacional de Arquitectura a sus
      efectos.