el convenio
      celebrado el 23 de junio de 2003, entre el Ministerio de Transporte y
      Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la
      Comisión Fomento de la Escuela Técnica de Minas, Departamento de
      Lavalleja
      
      RESULTANDO: I) que con fecha trece de diciembre de
      2001 se firmó un convenio marco entre el Ministerio de Transporte y Obras
      Públicas y la Administración Nacional de Educación Pública, aprobado
      por el Poder Ejecutivo con fecha 31/12/2001
      
      II) que el convenio mencionado en el visto de la
      presente resolución con un aporte de la Administración Nacional de
      Educación Pública de $275.000.- (pesos uruguayos doscientos setenta y
      cinco mil), pagadero en 1 (una) cuota; tiene por finalidad realizar la
      sustitución de techos (320 m²), cielo raso (77 m253²), reparación de
      instalación eléctrica, contrapiso de aula taller y reparación de
      revoques
      
      CONSIDERANDO: I) que el convenio relacionado se
      ajusta a lo dispuesto en el artículo 20° de la Ley N° 17.243 del 29 de
      junio de 2000, al artículo 4° del Decreto 137/001 de fecha 25 de abril
      de 2001 y al numeral tercero del artículo quinto del citado convenio
      marco
      
      ATENTO: a la normativa mencionada y a los informes
      de los técnicos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y de la
      Administración Nacional de Educación Pública
      
      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      RESUELVE:
      1°. Apruébase, en todas sus parles, el Convenío
      celebrado el 23 de junío de 2003, entre el Ministerio de Transporte y
      Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la
      Comisión Fomento de la Escuela Técnica de Minas, Departamento de
      Lavalleja; con el objeto de realizar la sustitución de techos (320 m²),
      cielo raso (77 m²), reparación de instalación eléctrica, contrapiso de
      aula taller y reparación de revoques
      2°. Comuníquese, y previo conocimiento de la
      Auditoría Delegada del Consejo Directivo Central de la Administración
      Nacional de Educación Pública, pase a la Gerencia de Inversiones de la
      citada Administración a efectos de gestionar la transferencia a la Cuenta
      N° 901-026-000284-0, del Banco de la República Oriental del Uruguay
      (Sucursal Minas), perteneciente a la Comisión Fomento de la Escuela
      Técnica de Minas.- Cumplido, vuelva con la constancia de dicha
      transferencia al Departamento de Convenios del Ministerio de Transporte y
      Obras Públicas, a sus efectos.-