10/07/03
09/07/03 – SE APRUEBA CONVENIO ENTRE MTOP,
ANEP Y LA COMISIÓN FOMENTO DE LA ESCUELA RURAL N° 65 DE POLANCO
VISTO: el convenio
celebrado el 23 de junio de 2003, entre el Ministerio de Transporte y
Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la
Comisión Fomento de la Escuela Rural N° 65 "Carlos Maria Jaso
Anchorena” de la localidad de Polanco, Departamento de Lavalleja
RESULTANDO: I) que con
fecha trece de diciembre de 2001 se firmó un convenio marco entre el
Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Administración Nacional
de Educación Pública, aprobado por el Poder Ejecutivo con fecha
31/12/2001
II) que el convenio
mencionado en el visto de la presente resolución con un aporte de la
Administración Nacional de Educación Pública de $327.000.- (pesos
uruguayos trescientos veintisiete mil), pagadero en 2 (dos) cuotas de
$163.500.- (pesos uruguayos ciento sesenta y tres mil quinientos) cada
una; tiene por finalidad realizar la reparación de pretiles (22 m2),
sustitución de techo de chapas (143 m²), colocación de cielo raso (143
m²), pluviales, reparación de patios y veredas (122 m²), revoques, etc
CONSIDERANDO: I) que el
convenio relacionado se ajusta a lo dispuesto en el artículo 20° de la
Ley N° 17.243 del 29 de Junio de 2000, al artículo 4° del Decreto
137/001 de fecha 25 de abril de 2001 y al numeral tercero del artículo
quinto del citado convenio marco
ATENTO: a la normativa
mencionada y a los informes de los técnicos del Ministerio de Transporte
y Obras Públicas y de la Administración Nacional de Educación Pública
EL PRESIDENTE DE LA
REPUBLICA
RESUELVE:
1°.
Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 23 de junio
de 2003, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la
Administración Nacional de Educación Pública y la Comisión Fomento de
la Escuela Rural N° 65 "Carlos María Jaso Anchorena", de la
localidad de Polanco, Departamento de Lavalleja, con el objeto de realizar
la reparación de pretiles (22 m²), sustitución de techo de chapas (143
m²), colocación de cielo raso (143 m²), pluviales, reparación de
patios y veredas (122 m²), revoques
, etc.
2°.
Comuníquese, y previo conocimiento de la Auditoría Delegada del Consejo
Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública,
pase a la Gerencia de Inversiones de la citada Administración a efectos
de gestionar la transferencia a la Cuenta N° 0260030992, del Banco de la
República Oriental del Uruguay (Sucursal Minas), perteneciente a la
Comisión Fomento de la Escuela Rural N°65, de Polanco.- Cumplido, vuelva
con la constancia de dicha transferencia al , Departamento de Convenios
del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a sus efectos.-
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