10/07/03
09/07/03 – SE APRUEBA CONVENIO ENTRE MTOP,
ANEP Y LA COMISIÓN FOMENTO DE LA ESCUELA N° 6 DE JOSÉ PEDRO VARELA
VISTO: el convenio
celebrado el 23 de junio de 2003, entre el Ministerio de Transporte y
Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación Pública y la
Comisión Fomento de la Escuela N° 6 “Amelia Maeso Pereira", de la
localidad de José Pedro Varela, Departamento de Lavalleja
RESULTANDO: I) que con
fecha trece de diciembre de 2001 se firmó un convenio marco entre el
Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Administración Nacional
de Educación Pública, aprobado por el Poder Ejecutivo con fecha
31/12/2001
II) que el convenio
mencionado en el visto de la presente resolución con un aporte de la
Administración Nacional de Educación Pública de $569.000.- (pesos
uruguayos quinientos sesenta y nueve mil), pagadero en 2 (dos) cuotas de
$284.500.- (pesos uruguayos doscientos ochenta y cuatro mil quinientos)
cada una; tiene por finalidad realizar el cercado del predio (320 m²),
eliminar agua del sótano e impermeabilización del contrapiso,
reparaciones de humedades, carpintería de madera, sanitarias, etc.
CONSIDERANDO: I) que el
convenio relacionado se ajusta a lo dispuesto en el artículo 20° de 18
Ley N° 17.243 del 29 de Junio de 2000, al artículo 4° del Decreto
137/001 de fecha 25 de abril de 2001 y al numeral tercero del artículo
quinto del citado convenio marco
ATENTO: a la normativa
mencionada y a los informes de los técnicos del Ministerio de Transporte
y Obras Públicas y de la Administración Nacional de Educación Pública
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.
Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 23 de junio
de 2003, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la
Administración Nacional de Educación Pública y la Comisión Fomento de
la Escuela N° 6 "Amelia Maeso Pereira", de la localidad de
José Pedro Varela, Departamento de Lavalleja, con el objeto de realizar
el cercado del predio (320 m²), eliminar agua del sótano e
impermeabilización del contrapiso, reparaciones de humedades,
carpintería de madera, sanitarias, etc.
2°. Comuníquese, y previo conocimiento de la Auditoría Delegada del
Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de
Educación Pública, pase a la Gerencia de Inversiones de la citada
Administración a efectos de gestionar la transferencia a la Cuenta N°
0680004707, del Banco de la República Oriental del Uruguay (Sucursal
José Pedro Varela), perteneciente a la Comisión Fomento de la , Escuela
N° 6, de José Pedro Varela.- Cumplido, vuelva con la constancia de dicha
transferencia al! Departamento de Convenios del Ministerio de Transporte y
Obras .Públicas, a sus efectos.-
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