10/07/03
09/07/03 – SE MODIFICA
DESTINO DE LOS MATERIALES ACORDADO POR RESOLUCIÓN DEL MTOP DE 18/08/1994
VISTO: estos
antecedentes relativos a la modificación de la Resolución del Ministro
de Transporte y Obras Públicas de fecha 18 de agosto de 1994
RESULTANDO: I) Que por
dicha Resolución -entre otras cosas- fue incluido en el Inventario de
Canteras de la Dirección Nacional de Vialidad el yacimiento ubicado en el
padrón N°1288 de la 4a
Sección Judicial del Departamento de Paysandú para obras a cargo de la
empresa Ramón C. Álvarez S.A.
II) Que la Dirección
Nacional de Vialidad estima necesario gestionar la modificación del
destino de los materiales del yacimiento de piedra basáltica para
trituración, ubicado en dicho predio a efectos de encarar las obras:
"Ruta N°3 - tramo: 472km000 - Río Daymán", como asimismo el
cambio de la empresa contratista, ya que dichos trabajos están a cargo de
Hernández y González S.A.
III) Que el
Departamento Letrada del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, no
formula observaciones al respecto
ATENTO: a lo dispuesto
en el artículo 250 de la .Ley N°16.320 de 1° de noviembre de 1992
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Modifícase el
destino de los materiales acordado por Resolución del Ministro de
Transporte y Obras Públicas de fecha 18 de agosto de 1994, en el sentido
de incluir en la misma la utilización del yacimiento de piedra basáltica
para trituración, en las obras: "Ruta N°3 -tramo: 472Km000 - Río
Daymán", ubicado en la 4a
Sección Judicial del Departamento de Paysandú, padrón N°1288.
Asimismo, modifícase el contratista a cargo de la extracción el que
será Hernández y González .S.A.
2°.- Comuníquese y
vuelva a la Dirección Nacional de Vialidad para la notificación de los
interesados y demás efectos.-
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