10/07/03    

09/07/03 – SE MODIFICA DESTINO DE LOS MATERIALES ACORDADO POR RESOLUCIÓN DEL MTOP DE 18/08/1994

VISTO: estos antecedentes relativos a la modificación de la Resolución del Ministro de Transporte y Obras Públicas de fecha 18 de agosto de 1994

RESULTANDO: I) Que por dicha Resolución -entre otras cosas- fue incluido en el Inventario de Canteras de la Dirección Nacional de Vialidad el yacimiento ubicado en el padrón N°1288 de la 4a Sección Judicial del Departamento de Paysandú para obras a cargo de la empresa Ramón C. Álvarez S.A.

II) Que la Dirección Nacional de Vialidad estima necesario gestionar la modificación del destino de los materiales del yacimiento de piedra basáltica para trituración, ubicado en dicho predio a efectos de encarar las obras: "Ruta N°3 - tramo: 472km000 - Río Daymán", como asimismo el cambio de la empresa contratista, ya que dichos trabajos están a cargo de Hernández y González S.A.

III) Que el Departamento Letrada del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, no formula observaciones al respecto

ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 250 de la .Ley N°16.320 de 1° de noviembre de 1992

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Modifícase el destino de los materiales acordado por Resolución del Ministro de Transporte y Obras Públicas de fecha 18 de agosto de 1994, en el sentido de incluir en la misma la utilización del yacimiento de piedra basáltica para trituración, en las obras: "Ruta N°3 -tramo: 472Km000 - Río Daymán", ubicado en la 4a Sección Judicial del Departamento de Paysandú, padrón N°1288. Asimismo, modifícase el contratista a cargo de la extracción el que será Hernández y González .S.A.

2°.- Comuníquese y vuelva a la Dirección Nacional de Vialidad para la notificación de los interesados y demás efectos.-