10/07/03    

09/07/03 – CREACIÓN DE COMISIÓN PARA CREAR MARCO REGULATORIO PARA LOS HIDROCARBUROS

VISTO: la presente gestión promovida por la Administración Nacional de Combustibles, AlcohoI y Portland (ANCAP)

RESULTANDO: I) que por la misma propone la formación de una comisión integrada por representantes del Ministerio de Industria, Energía y Minería, de la Unidad Reguladora de los Servicios de Energía y Agua creada por la ley 17.598 de 13 de diciembre de 2002 y de la propia Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, a los efectos de elaborar el proyecto de marco regulatorio en materia de hidrocarburos

II) que dicha iniciativa responde a los comentarios recibidos por parte de participantes del proceso de intercambio previsto en la reciente convocatoria a expresiones de interés en participar con el Ente en una asociación integral para el desarrollo de sus actividades relativas a los hidrocarburos

CONSIDERANDO: que es conveniente acceder a lo impetrado en función de lo establecido por el Decreto ley 14.181 de 29 de marzo de 1974 y Decreto 584/93 de 23 de diciembre

ATENTO: a lo expuesto;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Créase una comisión integrada por un delegado del Ministerio de Industria, Energía y Minería, que la presidirá, y uno por la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland y la Unidad Reguladora de los Servicios de Energía y Agua, respectivamente, con la finalidad de elaborar un proyecto de marco regulatorio para los hidrocarburos.-

2°.- La comisión que se crea funcionará en la sede de la Dirección Nacional de Energía, la que a tales efectos pondrá a disposición de la misma la infraestructura administrativa necesaria para el cumplimiento de su fln.-

3°.- Los organismos mencionados en el num. 1° dispondrán de un plazo de 15 días para designar sus respectivos delegados, a partir de la fecha de la presente.-

4°.- La tarea encomendada a la comisión que se crea por el num. 1° de la presente deberá estar culminada en un plazo no superior a los 120 días, a partir de su integración conforme a lo expuesto en el numeral precedente.-

5°.- Comuníquese, notifíquese, etc.-