21/07/03    

17/07/03 – SE AUTORIZA EXTENSIÓN DE PLAZO DE PRÉSTAMO DE OBRA DE JOAQUÍN TORRES GARCÍA AL INSTITUTO ITALIANO DE CULTURA DE SAN PABLO

VISTO: El Museo Nacional de Artes Visuales informa que el Instituto Italiano de Cultura de la ciudad de San Pablo ha decidido dar continuidad a la muestra "Novecento Sudamericano" a través de su exposición en Museos de Brasil según el siguiente cronograma: en el Museo Oscar Niemeyer de Curitiba, entre los días 23 de junio y 3 de agosto; en la Pinacoteca de San Pablo entre los días 16 de agosto y 29 de setiembre y en el Palacio de las Artes de Belo Horizonte, entre los días 10 de octubre y 30 de noviembre de 2003, por lo que solicita la extensión del plazo del préstamo de la obra "Interior" de Joaquín Torres García

RESULTANDO: La continuación del préstamo constituirá un valioso aporte para la citada exposición, por lo cual corresponde autorizarlo

ATENTO: A lo expuesto y a lo dispuesto en el Decreto de 20 de junio de 1941

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°) Autorízase la extensión del plazo de préstamo de la obra "Interior" de Joaquín Torres García al Instituto Italiano de Cultura de la ciudad de San Pablo, con motivo de la exposición "Novecento Sudamericano", que se realizará en el Museo Oscar Niemeyer de Curitiba entre los días 23 de junio y 3 de agosto; en la Pinacoteca del Estado de San Pablo entre los días 16 de agosto y 29 de setiembre y en el Palacio de las Artes de Belo Horizonte, entre los días 10 de octubre y 30 de noviembre del corriente año, préstamo que se extenderá desde el 1 de junio al 30 de diciembre del corriente año

2°) Establécese que el citado Instituto deberá continuar contratando el seguro correspondiente, bajo la modalidad "clavo a clavo", y tomar todas las medidas necesarias para la seguridad y perfecta conservación de la obra

3°) Comuníouese al Museo Nacional de Artes Visuales, encomendándole el control sobre la vigencia de la póliza de seguro referida, a la Dirección de Cultura, y pase a la Asesoría Letrada del Ministerio de Educación y Cultura a efectos de documentar la extensión del plazo del préstamo referido. Una vez cumplido, archívese.-