23/07/03    

23/07/03 – SE APRUEBA CONVENIO CELEBRADO EL 16/07/03 ENTRE EL MTOP Y LA CORTE ELECTORAL

VISTO: el Convenio celebrado el 16 de julio de 2003, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Corte Electoral.

RESULTANDO: I) que el citado Convenio tiene por objeto la ejecución de obras de construcción del Centro de Cómputos en el 2º piso del Edificio Sede, sito en la calle Ituzaingó Nº 1474;

II) Que el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, contribuye tomando a su cargo por intermedio de su Dirección Nacional de Arquitectura, por el Sistema de Obras por Contrato la ejecución de los trabajos, la dirección técnica de las obras, el control de su ejecución y la certificación y pagos hasta el monto que depositará al efecto la Corte Electoral, monto que deberá incluir los reajustes que correspondan por la aplicación de la fórmula paramétrica;

III) Que la Corte Electoral, contribuirá a los efectos mencionados con la suma de $ 2.565.204 (pesos uruguayos dos millones quinientos sesenta y cinco mil doscientos cuatro), en efectivo, que se atenderá con los rubros correspondientes al Programa 001, Proyecto 701, Objeto del Gasto 389, Ejercicio 2003, existiendo los créditos disponibles de acuerdo al artículo 1º del Decreto N° 24/999, de fecha 3 de febrero de 1999, Afectaciones Nos. 137, 138, 139 y con el Decreto Nº 90/000 del 3 de marzo de 2000. Dicho monto, ajustable por los mecanismos previstos en el Pliego de Bases y Especificaciones Particulares respectivo, será depositado en la Cuenta de la Dirección Nacional de Arquitectura, del Ministerio de Transporte y Obras Públicas Nº 152 2441-0 del Banco de la República Oriental del Uruguay (Cláusula 5ta.) 

CONSIDERANDO: I) que la realización de los trabajos indicados en el mencionado Convenio, estarán a cargo de la Dirección Nacional de Arquitectura del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, por el régimen de Obras por Contrato, por lo que es pertinente autorizar a dicha dependencia para contratar directamente y ordenar el gasto resultante de los servicios y suministros necesarios a tales fines, según lo establecido por el Artículo 97 de la Ley Nº 15.851 de 24 de diciembre de 1986;

ATENTO: A lo precedentemente expuesto, procede aprobar el Convenio de que se trata.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1º.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 16 de julio de 2003, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Corte Electoral, que tiene por finalidad realizar obras de construcción del Centro de Cómputos en el 2º piso del Edificio Sede sito en la calle Ituzaingó Nº 1474;

2º.- Cométese, en las condiciones establecidas en el mencionado Convenio, a la Dirección Nacional de Arquitectura del citado Ministerio, a ejecutar hasta la suma de $ 2.565.204 (pesos uruguayos dos millones quinientos sesenta y cinco mil doscientos cuatro) en efectivo, ajustable por los mecanismos previstos en el Pliego de Bases y Especificaciones Particulares, por el Sistema de Obras por Contrato.

3º.- Autorízase, asimismo, a la Dirección Nacional de Arquitectura, a efectuar todos los aprovisionamientos necesarios al amparo de lo dispuesto en el Artículo 97 de la Ley N° 15.851 de 24 de diciembre de 1986.

4º.- La Corte Electoral, previa intervención de las oficinas pertinentes, pondrá a disposición de la Dirección Nacional de Arquitectura, en las condiciones establecidas en el Convenio que se aprueba, el aporte en efectivo referido, en la Cuenta Nº 152 2441-0 del Banco de la República Oriental del Uruguay (Casa

Central) de la indicada Dirección.

5º.- Establécese que la Dirección Nacional de Arquitectura, deberá rendir cuenta documentada de los fondos puestos a su disposición de acuerdo con las normas legales reglamentarias.

6º.- Comuníquese y previa intervención del Tribunal de Cuentas de la República vuelva -por su orden- al Departamento de Convenios y Dirección Nacional de Arquitectura a sus efectos.