23/07/03
23/07/03 – SE APRUEBA CONVENIO CELEBRADO EL
16/07/03 ENTRE EL MTOP Y LA CORTE ELECTORAL
VISTO: el Convenio
celebrado el 16 de julio de 2003, entre el Ministerio de Transporte y
Obras Públicas y la Corte Electoral.
RESULTANDO: I) que el
citado Convenio tiene por objeto la ejecución de obras de construcción
del Centro de Cómputos en el 2º piso del Edificio Sede, sito en la calle
Ituzaingó Nº 1474;
II) Que el Ministerio
de Transporte y Obras Públicas, contribuye tomando a su cargo por
intermedio de su Dirección Nacional de Arquitectura, por el Sistema de
Obras por Contrato la ejecución de los trabajos, la dirección técnica
de las obras, el control de su ejecución y la certificación y pagos
hasta el monto que depositará al efecto la Corte Electoral, monto que
deberá incluir los reajustes que correspondan
por la aplicación de la fórmula paramétrica;
III) Que la Corte
Electoral, contribuirá a los efectos mencionados con la suma de $
2.565.204 (pesos uruguayos dos millones quinientos sesenta y cinco mil doscientos
cuatro), en efectivo, que se atenderá con los rubros correspondientes al
Programa 001, Proyecto 701, Objeto del Gasto 389, Ejercicio 2003,
existiendo los créditos disponibles de acuerdo al artículo 1º del
Decreto N° 24/999, de fecha 3 de febrero de 1999, Afectaciones Nos. 137,
138, 139 y con el Decreto Nº 90/000 del 3 de marzo de 2000. Dicho monto,
ajustable por los mecanismos previstos en el Pliego de Bases y
Especificaciones Particulares respectivo, será depositado en la Cuenta de
la Dirección Nacional de Arquitectura, del Ministerio de Transporte y
Obras Públicas Nº 152 2441-0 del Banco de la República Oriental del
Uruguay (Cláusula
5ta.)
CONSIDERANDO:
I) que la realización de los trabajos indicados en el mencionado
Convenio, estarán a cargo de la Dirección Nacional de Arquitectura del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas, por el régimen de Obras por
Contrato, por lo que es pertinente autorizar a dicha dependencia para
contratar directamente y ordenar el gasto resultante de los servicios y
suministros necesarios a tales fines, según lo establecido por el
Artículo 97 de la Ley Nº 15.851 de 24 de diciembre de 1986;
ATENTO: A lo
precedentemente expuesto, procede aprobar el Convenio de que se trata.
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1º.- Apruébase, en
todas sus partes, el Convenio celebrado el 16 de julio de 2003, entre el
Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Corte Electoral, que tiene
por finalidad realizar obras de construcción del Centro de Cómputos en
el 2º piso del Edificio Sede sito en la calle Ituzaingó Nº 1474;
2º.- Cométese, en las
condiciones establecidas en el mencionado Convenio, a la Dirección
Nacional de Arquitectura del citado Ministerio, a ejecutar hasta la suma
de $ 2.565.204 (pesos uruguayos dos millones quinientos sesenta y cinco
mil doscientos cuatro) en efectivo, ajustable por los mecanismos previstos
en el Pliego de Bases y Especificaciones Particulares, por el Sistema de
Obras por Contrato.
3º.- Autorízase,
asimismo, a la Dirección Nacional de Arquitectura, a efectuar todos los
aprovisionamientos necesarios al amparo de lo dispuesto en el Artículo 97
de la Ley N° 15.851 de 24 de diciembre de 1986.
4º.- La Corte
Electoral, previa intervención de las oficinas pertinentes, pondrá a
disposición de la Dirección Nacional de Arquitectura, en las condiciones
establecidas en el Convenio que se aprueba, el aporte en efectivo
referido, en la Cuenta Nº 152 2441-0 del Banco de la República Oriental
del Uruguay (Casa
Central) de la indicada Dirección.
5º.- Establécese que
la Dirección Nacional de Arquitectura, deberá rendir cuenta documentada
de los fondos puestos a su disposición de acuerdo con las normas legales
reglamentarias.
6º.- Comuníquese y
previa intervención del Tribunal de Cuentas de la República vuelva -por
su orden- al Departamento de Convenios y Dirección Nacional de
Arquitectura a sus efectos.
|