29/07/03    

29/07/03 – SE AUTORIZA MODIFICACIÓN DE HORARIO DE TRANSMISIÓN DE EMISORA DE LA CIUDAD DE GUICHÓN

Visto: las presentes actuaciones por las cuales la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), da cuenta de la gestión promovida por el señor Gustavo David Sarquis Victal, para reducir excepcionalmente el horario de transmisión de la emisora del servicio de radiodifusión de la cual es titular. Resultando: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo (número interno 73.106) de 4 de octubre de 1994, se autorizó al mencionado permisionario, el uso de la frecuencia 94.9 Mhz., para operar una estación en la localidad de Guichón, departamento de Paysandú. II) que el Decreto reglamentario del servicio 734/978 de 20 de diciembre de 1978, establece que el Poder Ejecutivo debe fijar en el acto de autorización, el horario de funcionamiento de la emisora. III) que el permisionario presta el servicio en el horario de 07:00 a 00.00 horas, totalizando diecisiete horas de transmisión diarias. Considerando. I) que el Poder Ejecutivo, no ha hecho uso de su potestad de fijar el horario de funcionamiento de la radioemisora en el acto de autorización. II) que la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), no encuentra inconvenientes en acceder a la solicitud de reducción del horario de funcionamiento de la emisora, en forma excepcional y por un período determinado. Atento: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley 17.296 de fecha 21 de febrero de 2001, Decreto 734/ 978 de 20 de diciembre de 1978, sus modificativos y complementarios, a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) y a lo informado por la Asesoría Letrada de la misma. El Presidente de la República, Resuelve: 1ro.- Autorízase al señor Gustavo David Sarquis Victal, a transmitir diariamente en el horario de 12.00 a 20:00 horas, por un período de 6 (seis) meses, la emisora del servicio de radiodifusión que opera en la frecuencia 94.9 MHz., en la ciudad de Guichón del departamento de Paysandú. 2do.- Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), a sus efectos. Cumplido, archívese.