29/07/03
29/07/03
– SE AUTORIZA MODIFICACIÓN DE HORARIO DE TRANSMISIÓN DE EMISORA DE LA
CIUDAD DE GUICHÓN
Visto:
las presentes actuaciones por las cuales la Unidad Reguladora de Servicios
de Comunicaciones (URSEC), da cuenta de la gestión promovida por el
señor Gustavo David Sarquis Victal, para reducir excepcionalmente el
horario de transmisión de la emisora del servicio de radiodifusión de la
cual es titular. Resultando: I) que por la Resolución del Poder
Ejecutivo (número interno 73.106) de 4 de octubre de 1994, se autorizó
al mencionado permisionario, el uso de la frecuencia 94.9 Mhz., para
operar una estación en la localidad de Guichón, departamento de
Paysandú. II) que el Decreto reglamentario del servicio 734/978 de
20 de diciembre de 1978, establece que el Poder Ejecutivo debe fijar en el
acto de autorización, el horario de funcionamiento de la emisora. III)
que el permisionario presta el servicio en el horario de 07:00 a 00.00
horas, totalizando diecisiete horas de transmisión diarias. Considerando.
I) que el Poder Ejecutivo, no ha hecho uso de su potestad de fijar el
horario de funcionamiento de la radioemisora en el acto de autorización. II)
que la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), no
encuentra inconvenientes en acceder a la solicitud de reducción del
horario de funcionamiento de la emisora, en forma excepcional y por un
período determinado. Atento: a lo precedentemente expuesto, a lo
dispuesto por la Ley 17.296 de fecha 21 de febrero de 2001, Decreto 734/
978 de 20 de diciembre de 1978, sus modificativos y complementarios, a lo
informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC)
y a lo informado por la Asesoría Letrada de la misma. El Presidente de
la República, Resuelve: 1ro.- Autorízase al señor Gustavo David
Sarquis Victal, a transmitir diariamente en el horario de 12.00 a 20:00
horas, por un período de 6 (seis) meses, la emisora del servicio de
radiodifusión que opera en la frecuencia 94.9 MHz., en la ciudad de
Guichón del departamento de Paysandú. 2do.- Comuníquese,
publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
(URSEC), a sus efectos. Cumplido, archívese.
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