29/07/03
29/07/03
- EXONERACIÓN DEL REQUISITO DE VISAS PARA LOS CIUDADANOS AUSTRALIANOS QUE
ARRIBEN A LA REPÚBLICA, CON PROPÓSITOS COMERCIALES, TURÍSTICOS O
CULTURALES.
VISTO:
la conveniencia de establecer la exoneración del requisito de visas para
los ciudadanos australianos que arriben a la República, con propósitos
comerciales, turísticos o culturales;
CONSIDERANDO:
I) que dicha exoneración puede ayudar al fortalecimiento de
las
relaciones bilaterales con Australia, la promoción del comercio, el
turismo, la cultura y la imagen exterior de nuestro país;
II)
que lo anterior resulta igualmente justificado si se toma en cuenta el
número y características de la comunidad uruguaya residente en
Australia;
III)
que en los últimos cinco años el Consulado General del Uruguay en
Sydney, Australia, ha otorgado una media de novecientas visas anuales;
ATENTO:
a lo antes expuesto;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
R
E S U E L V E:
1º.-
A partir del día de la fecha, los ciudadanos australianos portadores de
pasaportes comunes que viajen a nuestro país con propósitos comerciales,
turísticos o culturales, para permanecer en el territorio de la
República por un período máximo de tres meses, estarán exonerados del
requisito de visas.
2º.-
Este régimen tendrá una aplicación transitoria por un período de dos
años a partir de la fecha de la presente resolución, al cabo del cual se
deberá evaluar su funcionamiento y efectos en relación con los objetivos
que el mismo persigue.
3º.-
Comuníquese, etc.
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