29/07/03    

29/07/03 - EXONERACIÓN DEL REQUISITO DE VISAS PARA LOS CIUDADANOS AUSTRALIANOS QUE ARRIBEN A LA REPÚBLICA, CON PROPÓSITOS COMERCIALES, TURÍSTICOS O CULTURALES.

VISTO: la conveniencia de establecer la exoneración del requisito de visas para los ciudadanos australianos que arriben a la República, con propósitos comerciales, turísticos o culturales;

CONSIDERANDO: I) que dicha exoneración puede ayudar al fortalecimiento de

las relaciones bilaterales con Australia, la promoción del comercio, el turismo, la cultura y la imagen exterior de nuestro país; 

II) que lo anterior resulta igualmente justificado si se toma en cuenta el número y características de la comunidad uruguaya residente en Australia;

III) que en los últimos cinco años el Consulado General del Uruguay en Sydney, Australia, ha otorgado una media de novecientas visas anuales;

ATENTO: a lo antes expuesto;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

R E S U E L V E:

1º.- A partir del día de la fecha, los ciudadanos australianos portadores de pasaportes comunes que viajen a nuestro país con propósitos comerciales, turísticos o culturales, para permanecer en el territorio de la República por un período máximo de tres meses, estarán exonerados del requisito de visas.

2º.- Este régimen tendrá una aplicación transitoria por un período de dos años a partir de la fecha de la presente resolución, al cabo del cual se deberá evaluar su funcionamiento y efectos en relación con los objetivos que el mismo persigue.

3º.- Comuníquese, etc.