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       29/07/03    
       
      29/07/03
      - EXONERACIÓN DEL REQUISITO DE VISAS PARA LOS CIUDADANOS AUSTRALIANOS QUE
      ARRIBEN A LA REPÚBLICA, CON PROPÓSITOS COMERCIALES, TURÍSTICOS O
      CULTURALES.
      
       
      VISTO:
      la conveniencia de establecer la exoneración del requisito de visas para
      los ciudadanos australianos que arriben a la República, con propósitos
      comerciales, turísticos o culturales; 
      CONSIDERANDO:
      I) que dicha exoneración puede ayudar al fortalecimiento de 
      las
      relaciones bilaterales con Australia, la promoción del comercio, el
      turismo, la cultura y la imagen exterior de nuestro país;  
      II)
      que lo anterior resulta igualmente justificado si se toma en cuenta el
      número y características de la comunidad uruguaya residente en
      Australia; 
      III)
      que en los últimos cinco años el Consulado General del Uruguay en
      Sydney, Australia, ha otorgado una media de novecientas visas anuales; 
      
       
      ATENTO:
      a lo antes expuesto; 
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      
       
      R
      E S U E L V E:
      
       
      1º.-
      A partir del día de la fecha, los ciudadanos australianos portadores de
      pasaportes comunes que viajen a nuestro país con propósitos comerciales,
      turísticos o culturales, para permanecer en el territorio de la
      República por un período máximo de tres meses, estarán exonerados del
      requisito de visas. 
      2º.-
      Este régimen tendrá una aplicación transitoria por un período de dos
      años a partir de la fecha de la presente resolución, al cabo del cual se
      deberá evaluar su funcionamiento y efectos en relación con los objetivos
      que el mismo persigue. 
      3º.-
      Comuníquese, etc. 
       
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