31/07/03
30/07/03
– SE APRUEBA RESOLUCIÓN Nº 200/3.284 DEL DIRECTORIO DE LA ANP
VISTO:
estos antecedentes relacionados con el permiso de explotación de un
área de 40.672 m2, en la zona denominada "Rinconada" del puerto
de Montevideo.
RESULTANDO:
I) Que el poder Ejecutivo por Resolución del 30 de abril de 2003,
aprobó la resolución N° 48/3.272 de la Administración Nacional de
puertos, dictada el 29 de enero de 2003, por la que adjudicó a la firma
MONTECON S.A. el llamado a Licitación pública N° 1/2002 para la
explotación
del
área mencionada.
II)
Que dicha Administración a la luz del retiro de ofertas formulado por la
empresa MONTECON S.A., según argumentos detallados en su nota de 19 de
mayo del corriente año y aceptados como válidos por la autoridad
portuaria, revocó la adjudicación de que fue objeto dicha firma, con
pérdida de la garantía de mantenimiento de oferta, según surge de la
resolución del Directorio de la Administración Nacional de Puertos N°
200/3.284 de 21 de mayo de 2003.
III)
Que han tomado intervención al respecto en la orbita del Ministerio de
Transporte y Obras públicas, la Asesoría Técnica en Asuntos Portuarios
y el Departamento Letrada, no formulando objeciones en tal sentido.
CONSIDERANDO:
que la resolución del Directorio de la Administración Nacional de
Puertos N° 200/3.284 mencionada, lo fue supeditada a la aprobación del
Poder Ejecutivo.
ATENTO:
a lo establecido en la Ley N° 16.246 de 8 de abril de 1992 (Ley de
Puertos y su Decreto Reglamentario N° 412/992 de 10 de setiembre de
1992)
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1º.-
Apruébase la Resolución N° 200/3.284 del Directorio de la
Administración Nacional de Puertos de 21 de mayo de 2003, por la cual
dicha Administración revocó la resolución del Directorio Portuario N°
48/3.272 de 29 de enero de 2003, que adjudicó la Licitación Pública N°
1/2002 para la explotación de un área de 40.672m2, en la zona denominada
“Rinconada” del Puerto de Montevideo, y a su vez, la pérdida de la
garantía de mantenimiento de oferta correspondiente.
2º.-
Comuníquese y vuelva a la Administración Nacional de Puertos
a sus efectos.
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