31/07/03
30/07/03
– SE DESIGNA PARA SER EXPROPIADAS
POR CAUSA DE UTILIDAD PÚBLICA, CINCO FRACCIONES DE TERRENO DESTINADAS A
LAS OBRAS DE LA "RUTA N° 7 -TRAMO: PUENTE Y ACCESOS SOBRE EL ARROYO
SAUCE"
VISTO:
estos antecedentes relacionados con las obras de la "Ruta N° 7 -
Tramo: Puente y Accesos sobre el Arroyo Sauce".
RESULTANDO:
I) Que la Dirección Nacional de Topografía del Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, informa que a los efectos de la normal
ejecución de las obras de referencia, es necesario expropiar, decretando
su urgente ocupación, cinco fracciones de terreno, ubicadas en la 6ta. y
7ma. Sección Judicial y Sección Catastral del Departamento de Canelones.
II)
Que la Asesoría Técnica (Area Jurídica) de la citada Unidad Ejecutora,
expresa que no tiene observaciones que formular a las presentes
actuaciones.
CONSIDERANDO:
que por lo expuesto, corresponde resolver en consecuencia.
ATENTO:
a lo establecido en el Art. 3° Inc. 2 y Art. 4° Numeral 1º de la Ley de
Expropiaciones N° 3958 del 28 de marzo de 1912.
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1º) Desígnase para
ser expropiadas por causa de utilidad pública, decretando su urgente
ocupación; cinco fracciones de terreno, ubicadas en la 6ta. y 7ma.
Sección Judicial y Sección Catastral del Departamento de Canelones,
destinadas a las obras de la "Ruta N° 7 -Tramo: Puente y Accesos
sobre el Arroyo Sauce", dichas fracciones se encuentran delineadas en
el plano parcelario del Ingeniero Agrimensor Gianella Torres y sus
padrones y propietarios son:
6ta. SECCIÓN JUDICIAL:
Padrones N° 44.553 y N° 20.880, propiedad de Ruben Frachia Riveron y
María Gandini García; Padrones N° 938 y N° 935, propiedad de Miguel
Benito Travieso.
7ma. SECCIÓN JUDICIAL:
Padrón N° 1.905, propiedad de Alimentos Orgánicos Uruguaya S.A.
2º) Previamente a que
el Organismo que expropia apruebe la tasación de los bienes
inmuebles y disponga la prosecución de los procedimientos
correspondientes deberá efectuarse la imputación preventiva a efectos de
asegurar la disponibilidad de crédito para la misma.
3º) COMUNÍQUESE
y vuelva a la Dirección Nacional de Topografía del Ministerio de
Transporte y Obras Públicas a sus efectos.
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