31/07/03    

30/07/03 – SE DESIGNA PARA SER EXPROPIADAS POR CAUSA DE UTILIDAD PÚBLICA, CINCO FRACCIONES DE TERRENO DESTINADAS A LAS OBRAS DE LA "RUTA N° 7 -TRAMO: PUENTE Y ACCESOS SOBRE EL ARROYO SAUCE"

VISTO: estos antecedentes relacionados con las obras de la "Ruta N° 7 - Tramo: Puente y Accesos sobre el Arroyo Sauce".

RESULTANDO: I) Que la Dirección Nacional de Topografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, informa que a los efectos de la normal ejecución de las obras de referencia, es necesario expropiar, decretando su urgente ocupación, cinco fracciones de terreno, ubicadas en la 6ta. y 7ma. Sección Judicial y Sección Catastral del Departamento de Canelones.

II) Que la Asesoría Técnica (Area Jurídica) de la citada Unidad Ejecutora, expresa que no tiene observaciones que formular a las presentes actuaciones. 

CONSIDERANDO: que por lo expuesto, corresponde resolver en consecuencia.

ATENTO: a lo establecido en el Art. 3° Inc. 2 y Art. 4° Numeral 1º de la Ley de Expropiaciones N° 3958 del 28 de marzo de 1912.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1º) Desígnase para ser expropiadas por causa de utilidad pública, decretando su urgente ocupación; cinco fracciones de terreno, ubicadas en la 6ta. y 7ma. Sección Judicial y Sección Catastral del Departamento de Canelones, destinadas a las obras de la "Ruta N° 7 -Tramo: Puente y Accesos sobre el Arroyo Sauce", dichas fracciones se encuentran delineadas en el plano parcelario del Ingeniero Agrimensor Gianella Torres y sus padrones y propietarios son:

6ta. SECCIÓN JUDICIAL: Padrones N° 44.553 y N° 20.880, propiedad de Ruben Frachia Riveron y María Gandini García; Padrones N° 938 y N° 935, propiedad de Miguel Benito Travieso.

7ma. SECCIÓN JUDICIAL: Padrón N° 1.905, propiedad de Alimentos Orgánicos Uruguaya S.A.

2º) Previamente a que el Organismo que expropia apruebe la tasación de los bienes inmuebles y disponga la prosecución de los procedimientos correspondientes deberá efectuarse la imputación preventiva a efectos de asegurar la disponibilidad de crédito para la misma.

3º) COMUNÍQUESE y vuelva a la Dirección Nacional de Topografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas a sus efectos.