05/08/03    

05/08/03 – SE DEJA SIN EFECTO AUTORIZACIÓN OTORGADA POR RESOLUCIÓN DEL P.E. 1732 DE 27/11/01 A LA EMPRESA «SAFELIR S.A.», PARA PRESTAR LOS SERVICIOS DE ACCESO A FACILIDADES SATELITALES.

Visto: las presentes actuaciones por las cuales la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), da cuenta de la gestión promovida por la empresa «SAFELIR S.A.», para dejar sin efecto la autorización que le fuera oportunamente otorgada por la Resolución del Poder Ejecutivo 1732 de 27 de noviembre de 2001, y aceptar el desistimiento del recurso interpuesto contra dicho acto administrativo. Resultando. I) que por la mencionada Resolución, se autorizó a la empresa «SAFELIR S.A.», a prestar los servicios de acceso a facilidades satelitales, previa obtención de la autorización del sistema referido en el numeral 8vo. de la misma. II) que la empresa de referencia, interpuso recurso de revocación contra la Resolución del Poder Ejecutivo 1732 precitada, habiendo desistido del mismo con fecha 27 de mayo de 2003. Considerando: que habiéndose observado todos los extremos previstos por la normativa aplicable, no existen inconvenientes para autorizar lo solicitado. Atento: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley 17.296 de fecha 21 de febrero de 2001 y a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) y a lo dictaminado por la Asesoría Letrada de la misma. El Presidente de la República, Resuelve: 1ro.- Dejase sin efecto la autorización otorgada por la Resolución del Poder Ejecutivo 1732 de 27 de noviembre de 2001 a la empresa «SAFELIR S.A.», para prestar los servicios de acceso a facilidades satelitales. 2do.- Téngase por desistido el recurso interpuesto por «SAFELIR S.A.», contra la Resolución del Poder Ejecutivo 1732 de 27 de noviembre de 2001. 3ro.- Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), a sus efectos. Cumplido, archívese.