05/08/03    

05/08/03 – SE HOMOLOGA MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA FUERZA AÉREA ARGENTINA Y LA FUERZA AÉREA URUGUAYA

Visto: la gestión promovida por el Comando General de la Fuerza Aérea para la aprobación del Memorándum de Entendimiento suscrito el 22 y 26 de mayo de 2003 entre la Fuerza Aérea Argentina y la Fuerza Aérea Uruguaya respectivamente. Resultando: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 23 de octubre de 2001 (número interno 1516/001), se homologó en todas sus partes el Memorándum de Entendimiento suscrito el 4 de mayo de 2001 entre ambas Fuerzas Aéreas. II) que un nuevo Memorándum de Entendimiento fue suscrito el 22 y 26 de mayo de 2003 modificando el anteriormente mencionado, siendo el mismo de interés para el cumplimiento de su objeto, el que consiste en regular y facilitar las condiciones de sobrevuelo y/o aterrizaje y/o acuatizaje de aeronaves militares pertenecientes a una Fuerza Aérea en el espacio aéreo de jurisdicción de la otra Fuerza (según la reglamentación interna vigente de cada país) sobre la base del principio de cooperación y reciprocidad. III) el citado Memorándum es aplicable a las aeronaves militares que realizan vuelos de transporte con fines pacíficos, tales como transporte de pasajeros, apoyo logístico, misiones sanitarias, no quedando comprendidos en el mismo las aeronaves de combate. IV) que es aplicable a las aeronaves militares que realizan vuelos de transporte con fines pacíficos tales como transporte de pasajeros, apoyo logístico, misiones sanitarias, no quedando comprendidas las aeronaves de combate. Considerando: I) que la homologación del mismo resulta beneficiosa para las partes celebrantes. II) que es necesario dejar sin efecto el Convenio anterior. III) que una vez homologado corresponde remitirlo a la Asamblea General, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 85 de la Constitución de la República. Atento: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Comando General de la Fuerza Aérea y por la Asesoría Notarial del Ministerio de Defensa Nacional; a lo dispuesto por el Decreto 34/993 de 25 de enero de 1993 y por la Resolución del Ministerio de Defensa Nacional 24.960 de 21 de octubre de 1991. El Presidente de la República, Resuelve: 1ro.- Homológase, en todas sus partes, el Memorándum de Entendimiento suscrito el 22 y 26 de mayo de 2003 entre la Fuerza Aérea Argentina y la Fuerza Aérea Uruguaya respectivamente, en los términos que luce a fojas 31 y 32 del expediente administrativo del Ministerio de Defensa Nacional número 2003.03575-4 que se considera parte integrante de la presente Resolución. 2do.- Dejase sin efecto la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 23 de octubre de 2001 (número interno 1516/001) por la que se homologó, en todas sus partes, el Memorándum de Entendimiento suscrito el 4 de mayo de 2001 entre la Fuerza Aérea Argentina y la Fuerza Aérea Uruguaya en el marco del Sistema de Cooperación de las Fuerzas Aéreas Americanas (SICOFAA). 3ro.- Comuníquese, publíquese, pase a la Asesoría Notarial del Ministerio de Defensa Nacional y al Comando General de la Fuerza Aérea a sus efectos. Cumplido, vuelva al Ministerio de Defensa Nacional y dése cuenta a la Asamblea General.