06/08/03
06/08/03
– SE APRUEBA CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES ENTRE EL
M.T.O.P., CORPORACIÓN VIAL DEL URUGUAY S.A. Y SACEEM
VISTO:
el contrato de Cesión de los derechos y obligaciones emergente de la
Licitación Pública N°25/99 suscrito con fecha 10 de abril de 2003,
entre el Ministerio de Transporte y Qbras Públicas, la Corporación Vial
del Uruguay S.A. (CVU) y la empresa SACEEM
RESULTANDO:
I) Que la citada licitación fue convocada por la Dirección Nacional
de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas a los efectos
de la realización de las obras denominadas: "Puente de las
Américas, pasaje superior de la Avenida Giannattasio sobre Avenida de las
Américas" y adjudicada a la referida empresa, previa intervención
del Tribunal de Cuentas de la República (Oficina Central Carpeta
N°186.312), por resolución del Poder Ejecutivo de fecha 9 de febrero de
2000
II)
Que la cesión de referencia en el VISTO tiene como marco el Convenio
y Contratación directa de 5 de octubre de 2001, celebrado entre el
Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Corporación Nacional para
el Desarrollo, para la ejecución de obras y proyectos por el sistema de
concesión de obra pública y para la cooperación técnica y asistencia
técnica, semitécnica y especializada, aprobado por resolución del Poder
Ejecutivo de 20 de diciembre de 2001
III)
Que el anexo I del referido convenio -que fuera modificado por acuerdo
de 17 .de setiembre de 2002 y aprobado por el Poder Ejecutivo por
resolución de fecha 7 de octubre de 2002-, habilita en su cláusula 30.6
que estas obras pueden ordenarse al concesionario, siempre que se respete
la ecuación económica-financiera de la concesión
IV)
Que, se dio oportuno cumplimiento a lo establecido en los artículos
28 a 33 de la Ley N°17.555 de le de setiembre de 2002 y al Decreto
reglamentario N°383/2002 de 2. de octubre de 2002, adquiriendo la
Corporación Vial del Uruguay S.A. (cesión de le de febrero de 2003),
todos los, derechos y obligaciones que tenía la Corporación Nacional
para el Desarrollo en el Contrato de Concesión antes citado, operación
que ha sido intervenida por el Tribunal de Cuentas de la República el 26
de marzo de. 2003 y aprobada por resolución del Poder Ejecutivo de 9 de
abril de 2003
V)
Que dicho Organismo de contralor (Carpeta N°186.312) ha tomado nueva
intervención a la cesión de los derechos licitatorios que tenía la
Dirección Nacional de Vialidad antes mencionados sin formular
observaciones a lo actuado
CONSIDERANDO:
I) Que el Contrato; de Cesión de derechas licitatorios y de
adjudicación relacionado ala realización, de las obras denominadas:
"Puente de las Américas, pasaje superior de la Avenida Giannattasio
sobre Avenida de las Américas", han sido suscritos por las partes de
común acuerdo (cedente, cesionario y empresa constructora)
II)
Que, asimismo la Corporación Vial del Uruguay y La empresa SACEEM
acordaron asimismo que ras garantías de cumplimiento de contrato
previstas en la cláusula. 52, Sección 3 del Pliego de Condiciones del
llamado, será constituida con diez días de anticipación a la firma del contrato entre
cesionario y cedido
ATENTO: a lo expuesto
ya lo establecido en la cláusula 30.6 del Anexo I, aprobado por
resolución del Poder Ejecutivo de 20 de diciembre. de 2001
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Apruébase el
contrato de Cesión de los derechos y obligaciones emergentes de la
Licitación Pública" N°25/99 y siguiente adjudicación, suscrito
con fecha 10 de abril de 2003, entre el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas, la Corporación Vial del Uruguay S.A. (CVU) y la empresa
SACEEM, a los efectos de la realización de las obras denominadas:
"Puente de las Américas, pasaje superior de la Avenida Giannattasio
sobre Avenida de las Américas"
2°.- Comuníquese y
vuelva al Contador Central Delegado del Tribunal de Cuentas de la
República para la intervención que. le compete. Fecho, siga a la
Dirección Nacional de Vialidad a sus efectos.
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