06/08/03    

06/08/03 – SE APRUEBA CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES ENTRE EL M.T.O.P., CORPORACIÓN VIAL DEL URUGUAY S.A. Y SACEEM

VISTO: el contrato de Cesión de los derechos y obligaciones emergente de la Licitación Pública N°25/99 suscrito con fecha 10 de abril de 2003, entre el Ministerio de Transporte y Qbras Públicas, la Corporación Vial del Uruguay S.A. (CVU) y la empresa SACEEM

RESULTANDO: I) Que la citada licitación fue convocada por la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas a los efectos de la realización de las obras denominadas: "Puente de las Américas, pasaje superior de la Avenida Giannattasio sobre Avenida de las Américas" y adjudicada a la referida empresa, previa intervención del Tribunal de Cuentas de la República (Oficina Central Carpeta N°186.312), por resolución del Poder Ejecutivo de fecha 9 de febrero de 2000

II) Que la cesión de referencia en el VISTO tiene como marco el Convenio y Contratación directa de 5 de octubre de 2001, celebrado entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Corporación Nacional para el Desarrollo, para la ejecución de obras y proyectos por el sistema de concesión de obra pública y para la cooperación técnica y asistencia técnica, semitécnica y especializada, aprobado por resolución del Poder Ejecutivo de 20 de diciembre de 2001

III) Que el anexo I del referido convenio -que fuera modificado por acuerdo de 17 .de setiembre de 2002 y aprobado por el Poder Ejecutivo por resolución de fecha 7 de octubre de 2002-, habilita en su cláusula 30.6 que estas obras pueden ordenarse al concesionario, siempre que se respete la ecuación económica-financiera de la concesión

IV) Que, se dio oportuno cumplimiento a lo establecido en los artículos 28 a 33 de la Ley N°17.555 de le de setiembre de 2002 y al Decreto reglamentario N°383/2002 de 2. de octubre de 2002, adquiriendo la Corporación Vial del Uruguay S.A. (cesión de le de febrero de 2003), todos los, derechos y obligaciones que tenía la Corporación Nacional para el Desarrollo en el Contrato de Concesión antes citado, operación que ha sido intervenida por el Tribunal de Cuentas de la República el 26 de marzo de. 2003 y aprobada por resolución del Poder Ejecutivo de 9 de abril de 2003

V) Que dicho Organismo de contralor (Carpeta N°186.312) ha tomado nueva intervención a la cesión de los derechos licitatorios que tenía la Dirección Nacional de Vialidad antes mencionados sin formular observaciones a lo actuado

CONSIDERANDO: I) Que el Contrato; de Cesión de derechas licitatorios y de adjudicación relacionado ala realización, de las obras denominadas: "Puente de las Américas, pasaje superior de la Avenida Giannattasio sobre Avenida de las Américas", han sido suscritos por las partes de común acuerdo (cedente, cesionario y empresa constructora)

II) Que, asimismo la Corporación Vial del Uruguay y La empresa SACEEM acordaron asimismo que ras garantías de cumplimiento de contrato previstas en la cláusula. 52, Sección 3 del Pliego de Condiciones del llamado, será constituida con diez días de anticipación a la firma del contrato entre cesionario y cedido

ATENTO: a lo expuesto ya lo establecido en la cláusula 30.6 del Anexo I, aprobado por resolución del Poder Ejecutivo de 20 de diciembre. de 2001

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Apruébase el contrato de Cesión de los derechos y obligaciones emergentes de la Licitación Pública" N°25/99 y siguiente adjudicación, suscrito con fecha 10 de abril de 2003, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la Corporación Vial del Uruguay S.A. (CVU) y la empresa SACEEM, a los efectos de la realización de las obras denominadas: "Puente de las Américas, pasaje superior de la Avenida Giannattasio sobre Avenida de las Américas"

2°.- Comuníquese y vuelva al Contador Central Delegado del Tribunal de Cuentas de la República para la intervención que. le compete. Fecho, siga a la Dirección Nacional de Vialidad a sus efectos.