06/08/03
06/08/03
– SE CONFIRMA RESOLUCIÓN QUE DECLARA CADUCIDAD DE PERMISO DE
EXPLORACIÓN A TONER S.A.
VISTO:
el recurso de revocación interpuesto por TONER S.A., contra la
resolución del Poder Ejecutivo de fecha 15 de enero de 2003, por la cual
se declara la caducidad de su título minero "Permiso de
Exploración"
RESULTANDO:
I) el recurrente se agravia por cuanto considera que no se tuvo
en
cuenta el comportamiento contrario a derecho por parte de los
superficiarios
II)
la Asesoría Técnica en Derecho Minero informa que la caducidad se
otorgo por haber incurrido la firma TONER S.A., en la causal de falta de
pago de dos años continuos del canon de superficie
III)
la Asesoría Jurídica advierte que el representante de la empresa
recurrente ha omitido estampar su rúbrica en los recursos interpuestos,
lo que no es subsanable mediante la aplicación del principio del
informalismo a favor del administrado, razón por la que sugiere
desestimar el recurso presentado y confirmar la resolución en agravio
CONSIDERANDO:
que el acto recurrido se ajusta a derecho, procede en consecuencia
confirmarlo en la instancia jerárquica
ATENTO:
a lo informado por la Dirección Nacional de Minería y Geología,
Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería y lo
dispuesto por el art. 22 del Decreto 500/991 del 27 de setiembre de 1991
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE
:
1°.-
Confírmase la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 15 de enero de
2003, por la cual se declara que se ha producido la caducidad del título
minero "Permiso de Exploración" concedido a TONER S.A., en
busca de granito afectando parcialmente los padrones 16855, 39505 y 39506,
en un área de 17 hás. 3061 m2,
en la 8a
Sección Judicial del Departamento de Canelones
2°.-
Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de Minería
y Geología.
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