06/08/03    

06/08/03 – SE CONFIRMA RESOLUCIÓN QUE DECLARA CADUCIDAD DE PERMISO DE EXPLORACIÓN A TONER S.A.

VISTO: el recurso de revocación interpuesto por TONER S.A., contra la resolución del Poder Ejecutivo de fecha 15 de enero de 2003, por la cual se declara la caducidad de su título minero "Permiso de Exploración"

RESULTANDO: I) el recurrente se agravia por cuanto considera que no se tuvo

en cuenta el comportamiento contrario a derecho por parte de los superficiarios

II) la Asesoría Técnica en Derecho Minero informa que la caducidad se otorgo por haber incurrido la firma TONER S.A., en la causal de falta de pago de dos años continuos del canon de superficie

III) la Asesoría Jurídica advierte que el representante de la empresa recurrente ha omitido estampar su rúbrica en los recursos interpuestos, lo que no es subsanable mediante la aplicación del principio del informalismo a favor del administrado, razón por la que sugiere desestimar el recurso presentado y confirmar la resolución en agravio

CONSIDERANDO: que el acto recurrido se ajusta a derecho, procede en consecuencia confirmarlo en la instancia jerárquica

ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de Minería y Geología, Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería y lo dispuesto por el art. 22 del Decreto 500/991 del 27 de setiembre de 1991

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE :

1°.- Confírmase la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 15 de enero de 2003, por la cual se declara que se ha producido la caducidad del título minero "Permiso de Exploración" concedido a TONER S.A., en busca de granito afectando parcialmente los padrones 16855, 39505 y 39506, en un área de 17 hás. 3061 m2, en la 8a Sección Judicial del Departamento de Canelones

2°.- Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y Geología.