07/08/03
07/08/03
– DESIGNACIONES EN EL INCISO 12-MSP PARA OCUPAR DOS CARGOS DE MÉDICO
RESIDENTE EN LA ESPECIALIDAD DE NEUROCIRUGÍA
VISTO:
estos antecedentes relacionados con el Concurso de Pruebas realizado para
proveer 2 (dos) cargos de Médico Residente en la Especialidad de
Neurocirugía en la Unidad Ejecutora 068- Administración de los Servicios
de Salud del Estado;
CONSIDERANDO:
I) que el Tribunal que entendió en dicho Concurso determinó de
acuerdo con el resultado obtenido, los Técnicos Médicos que ocuparán
los referidos cargos;
II)
que de acuerdo a las normas reglamentarias vigentes al respecto, la
Residencia Médica deberá desempeñarse por un período de tres años,
sujeto el primero, al resultado del Concurso respectivo y los dos
sucesivos a la reelección anual a propuesta de la Comisión Técnica de
Residencias Médicas
Hospitalarias;
III)
que la Comisión de referencia dispuso comenzar el desempeño de los
cargos concursados a partir del 1° de abril de 2003 hasta el 31 de marzo
del 2006;
IV)
lo informado por la Gerencia de Recursos Humanos de la Administración de
los Servicios de Salud del Estado;
ATENTO:
a lo establecido por el Decreto-Ley N° 15.372 de 4 de abril de 1983 y el
artículo 429 de la Ley N° 16.170. de 28 de diciembre de 1990;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1º.-
Desígnanse a partir del 1° de abril de 2003, en el Inciso 12- Ministerio
de Salud Pública- para ocupar por Concurso de Pruebas 2 (dos) cargos de
Médico Residente en la Especialidad de Neurocirugía en la Unidad
Ejecutora 068 – Administración de los Servicios de Salud del Estado
(Programa 005- Esc. A- Gdo. 08), a las personas que se detallan a
continuación:
1)
Doctora ANDREA LILIAN DEVITA DUTRA.
(C.I.
2.601.886-9) (C.C. BCA 99076) – Correlativo 801917.
2)
Doctor GASTON ALEJANDRO HAYER REMIREZ.
(C.I.
2.601.886-9) (C.C. AUA 20220) – Correlativo 801918.
2º.-
Dispónese que el régimen horario a cumplir por dichos técnicos
será entre 40 y 48 horas semanales de labor.
3º.-
Póngase en conocimiento de la Oficina Nacional del Servicio Civil a
través de la página Web por intermedio de la División de Recursos
Humanos de la Administración de los Servicios de Salud del Estado y la
Contaduría General de la Nación.
Pase
a sus efectos a la mencionada Administración.
4º.-
Comuníquese.
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