07/08/03    

07/08/03 – DESIGNACIONES EN EL INCISO 12-MSP PARA OCUPAR DOS CARGOS DE MÉDICO RESIDENTE EN LA ESPECIALIDAD DE NEUROCIRUGÍA

VISTO: estos antecedentes relacionados con el Concurso de Pruebas realizado para proveer 2 (dos) cargos de Médico Residente en la Especialidad de Neurocirugía en la Unidad Ejecutora 068- Administración de los Servicios de Salud del Estado;

CONSIDERANDO: I) que el Tribunal que entendió en dicho Concurso determinó de acuerdo con el resultado obtenido, los Técnicos Médicos que ocuparán los referidos cargos;

II) que de acuerdo a las normas reglamentarias vigentes al respecto, la Residencia Médica deberá desempeñarse por un período de tres años, sujeto el primero, al resultado del Concurso respectivo y los dos sucesivos a la reelección anual a propuesta de la Comisión Técnica de Residencias Médicas

Hospitalarias;

III) que la Comisión de referencia dispuso comenzar el desempeño de los cargos concursados a partir del 1° de abril de 2003 hasta el 31 de marzo del 2006;

IV) lo informado por la Gerencia de Recursos Humanos de la Administración de los Servicios de Salud del Estado;

ATENTO: a lo establecido por el Decreto-Ley N° 15.372 de 4 de abril de 1983 y el artículo 429 de la Ley N° 16.170. de 28 de diciembre de 1990;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1º.- Desígnanse a partir del 1° de abril de 2003, en el Inciso 12- Ministerio de Salud Pública- para ocupar por Concurso de Pruebas 2 (dos) cargos de Médico Residente en la Especialidad de Neurocirugía en la Unidad Ejecutora 068 – Administración de los Servicios de Salud del Estado (Programa 005- Esc. A- Gdo. 08), a las personas que se detallan a continuación:

1) Doctora ANDREA LILIAN DEVITA DUTRA.

(C.I. 2.601.886-9) (C.C. BCA 99076) – Correlativo 801917.

2) Doctor GASTON ALEJANDRO HAYER REMIREZ.

(C.I. 2.601.886-9) (C.C. AUA 20220) – Correlativo 801918.

2º.- Dispónese que el régimen horario a cumplir por dichos técnicos será entre 40 y 48 horas semanales de labor.

3º.- Póngase en conocimiento de la Oficina Nacional del Servicio Civil a través de la página Web por intermedio de la División de Recursos Humanos de la Administración de los Servicios de Salud del Estado y la Contaduría General de la Nación.

Pase a sus efectos a la mencionada Administración.

4º.- Comuníquese.