14/08/03
14/08/03
– SE MODIFICA NUMERAL 1º DE RESOLUCIÓN DEL P.E. DE 5/06/03 QUE APRUEBA
PROYECTO DE CONVENIO ENTRE OPP Y BROU
VISTO:
la Resolución del Poder Ejecutivo de 5 de junio 2003, que aprobó un
Proyecto de Convenio a suscribirse entre el Estado (Oficina de
Planeamiento y Presupuesto) y el Banco de la República Oriental del
Uruguay en el marco del Programa de Modernización del Sector Salud
(PROMOSS), autorizando a suscribirlo en representación del Estado al Sr.
Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto;
RESULTANDO:
I) que el referido Convenio, que fuera efectivamente otorgado por las
partes el 25 de junio del corriente, tiene por objeto establecer las
condiciones por las cuales la Oficina de Planeamiento y Presupuesto
garantiza al Banco de la República Oriental del Uruguay la total
recuperación de los préstamos que otorgue a las Instituciones de
Asistencia Médica (IAMs) nucleadas en la Federación Cooperativa Médica
del Interior- FECOMI -en el marco del Programa de Modernización del
Sector Salud, y acordar la forma de participación del mencionado Banco en
la ejecución del objeto del Programa;
II)
que si bien el texto del mencionado Convenio -en tanto mere operativo -no
determina monto alguno, la referida Resolución estableció un límite de
hasta $14.644.871 para el financiamiento a otorgarse a las mencionadas
entidades;
CONSIDERANDO:
I) que a efectos de cumplir con los objetivos del Programa resulta
necesario ampliar el monto del financiamiento a otorgarse a las referidas
instituciones de Asistencia Médica;
II)
que de acuerdo con lo establecido por la Resolución N° 16 del
Comité Interministerial creado por Decreto 192/001 de 29 de mayo de 2001
para administrar los fondos del Programa de Modernización del Sector
Salud, de fecha 31 de julio de 2003, dicho monto deberá incrementarse en
esta etapa, correspondiente al segundo tramo del Programa, en la suma de $
4.685.866;
ATENTO:
a lo expuesto;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1º)
Modificase el numeral 1° de la Resolución del Poder Ejecutivo de 5 de
junio de 2003 que aprueba el Proyecto de Convenio a suscribirse entre el
Estado (Oficina de Planeamiento y Presupuesto) y el Banco de la República
Oriental del Uruguay con el objeto de establecer las condiciones por las
cuales la Oficina de Planeamiento y Presupuesto garantizará al Banco de
la República Oriental del Uruguay la total recuperación de los
préstamos que otorgue a las Instituciones de Asistencia Médica (IAMs)
nucleadas en la Federación Cooperativa Médica del Interior- FECOMI -y
acordar la forma de participación del mencionado Banco en la ejecución
del objeto del Convenio, en el sólo sentido de que donde dice "por
hasta un monto de $14.644.871 (catorce millones seiscientos cuarenta y
cuatro mil ochocientos setenta y un pesos uruguayos)" debe decir
"por hasta un monto de $19.330.737 (diecinueve millones trescientos
treinta mil setecientos treinta y siete pesos uruguayos)".
2º.-
Comuníquese.
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