20/08/03    

19/08/03 – SE HOMOLOGA CONVENIO SUSCRITO ENTRE  LA DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD DE LA FUERZAS ARMADAS Y EL FONDO NACIONAL DE RECURSOS

 

VISTO: el Convenio suscrito entre la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas y el Fondo Nacional de Recursos, el 7 de abril de 2003.-

RESULTANDO: que por el citado Convenio los beneficiarios de la Dirección Nacional de Sanidad que requieran la realización de actos médicos de medicina altamente especializada incorporados a la cobertura del Fondo Nacional de Recursos, y que así lo resuelva dicha Dirección serán derivados al mismo para su cobertura.-

CONSIDERANDO: I) que ello contribuye a aunar esfuerzos al servicio de intereses nacionales, promoviendo a la vez generación de vínculos que redundarán en beneficios institucionales y sociales para ambas partes, siendo de interés la homologación del Convenio referido.-

II) que se efectuó la intervención del Tribunal de Cuentas de la República, quien no formuló observaciones.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Asesoría Notarial del Ministerio de Defensa Nacional y a lo dispuesto por la Resolución del Ministerio de Defensa Nacional 24.960 de 21 de octubre de 1991.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

RESUELVE:

1ro.- Homologase en todas sus partes el Convenio suscrito entre la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas y el Fondo Nacional de Recursos, el 7 de abril de 2003, por el cual los beneficiarios de la citada Dirección Nacional que requieran la realización de actos médicos de medicina altamente especializada incorporados a la cobertura del Fondo Nacional de Recursos, y que así lo resuelva dicha Dirección serán derivados al mismo para su cobertura, en los términos que luce a fojas 5 y 6 del expediente del Ministerio de Defensa Nacional 2003021125 y que se considera parte integrante de la presente Resolución.-

2do.- Comuníquese, publíquese, remítase copia al Tribunal de Cuentas de la República, pase a la Asesoría Notarial del Ministerio de Defensa Nacional y a la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas a sus efectos. Cumplido, vuelva y archívese.-

 

 

 


Secretaría de Prensa y Difusión
Presidencia de la República