01/09/03
01/09/03
– SE ESTABLECE FECHA DE INAUGURACIÓN DEL QUINCUAGÉSIMO PRIMER SALÓN
NACIONAL DE ARTES VISUALES
VISTO:
Lo
dispuesto por el Artículo 3 apartado A) del Decreto Ley 10277 del 18 de
noviembre de 1942
RESULTANDO:
I) Que
la preparación del Salón Nacional de Artes Visuales ha insumido un
tiempo considerable en razón de múltiples cirscunstancias
II)
Que
el artículo citado autoriza al Poder Ejecutivo a establecer fechas
diversas de inauguración cuando concurren razones especiales
CONSIDERANDO:
Es
importante para el país el mantenimiento de un torneo cultural que
permite preservar y difundir la creación de las generaciones artísticas
actuales
ATENTO:
A
lo expuesto
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1)
Establécese
el 6 de noviembre de 2003 como fecha de inauguración del Quincuagésimo
Primer Salón Nacional de Artes Visuales
2)
Comuníquese,
etc.-
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