04/09/03
03/09/03
– EXONERACIÓN DE TRIBUTOS PARA EL FONDO NACIONAL DE RECURSOS
VISTO:
la gestión promovida
por el Fondo Nacional de Recursos, en la que solicita exoneración de
tributos a la importación de un dispositivo a ser incorporado al
organismo humano.-
RESULTANDO:
que se trata de un
implante coclear para una de sus pacientes.-
CONSIDERANDO:
I) que el Fondo
Nacional de Recursos, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 16.343, de
24 de diciembre de 1992, es una persona pública no estatal, administrada
por una Comisión Honoraria Administradora, la que determina las
afecciones y técnicas de medicina altamente especializada que serán
cubiertas financieramente por si misma, otorgando para el cumplimiento de
dichos fines recursos, mediante distintos aportes que integran un Fondo.-
II)
que los implementos a
ser incorporados al organismo humano de acuerdo a técnicas médicas como
en el caso de autos, tributan la tasa mínima del Impuesto al Valor
Agregado (articulo 18° del Titulo 10 del Texto Ordenado) y estarían
exonerados del pago del Impuesto Aduanero Único a la Importación
(articulo 5° del Decreto-Ley N° 14.629, de 5 de enero de 1977), sin
perjuicio de lo expresado precedentemente, el Poder Ejecutivo tiene la
potestad, cuando lo cree oportuno o conveniente, exonerar del pago de
recargos a la importación, de acuerdo a lo establecido en el articulo 2°
de la Ley N° 12.670, de 17 de diciembre de 1959.-
III)
que por lo expuesto,
corresponde proceder al dictado de una Resolución accediendo a la
exoneración de la Tasa Global Arancelaria.-
ATENTO:
a lo informado por las
Asesorías Jurídica y Macroeconómica y Financiera y la División
Técnico Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas.-
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°)
Declárase al Fondo
Nacional de Recursos exonerado del pago de la Tasa Global Arancelaria, en
ocasión de la importación de un implante Coclear N24M Docupack del
Implante lN24 Procesador retroauricular 3G Docupack del procesador,
estuche de accesorios N24 cable, por un valor CIF/Montevideo, de U$S
12.515,00 (doce mil quinientos quince dólares de los Estados Unidos de
América) .-
2°)
Comuníquese,
notifíquese y archívese.
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