04/09/03    

03/09/03 – EXONERACIÓN DE TRIBUTOS PARA EL FONDO NACIONAL DE RECURSOS

VISTO: la gestión promovida por el Fondo Nacional de Recursos, en la que solicita exoneración de tributos a la importación de un dispositivo a ser incorporado al organismo humano.-

RESULTANDO: que se trata de un implante coclear para una de sus pacientes.-

CONSIDERANDO: I) que el Fondo Nacional de Recursos, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 16.343, de 24 de diciembre de 1992, es una persona pública no estatal, administrada por una Comisión Honoraria Administradora, la que determina las afecciones y técnicas de medicina altamente especializada que serán cubiertas financieramente por si misma, otorgando para el cumplimiento de dichos fines recursos, mediante distintos aportes que integran un Fondo.-

II) que los implementos a ser incorporados al organismo humano de acuerdo a técnicas médicas como en el caso de autos, tributan la tasa mínima del Impuesto al Valor Agregado (articulo 18° del Titulo 10 del Texto Ordenado) y estarían exonerados del pago del Impuesto Aduanero Único a la Importación (articulo 5° del Decreto-Ley N° 14.629, de 5 de enero de 1977), sin perjuicio de lo expresado precedentemente, el Poder Ejecutivo tiene la potestad, cuando lo cree oportuno o conveniente, exonerar del pago de recargos a la importación, de acuerdo a lo establecido en el articulo 2° de la Ley N° 12.670, de 17 de diciembre de 1959.-

III) que por lo expuesto, corresponde proceder al dictado de una Resolución accediendo a la exoneración de la Tasa Global Arancelaria.-

ATENTO: a lo informado por las Asesorías Jurídica y Macroeconómica y Financiera y la División Técnico Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°) Declárase al Fondo Nacional de Recursos exonerado del pago de la Tasa Global Arancelaria, en ocasión de la importación de un implante Coclear N24M Docupack del Implante lN24 Procesador retroauricular 3G Docupack del procesador, estuche de accesorios N24 cable, por un valor CIF/Montevideo, de U$S 12.515,00 (doce mil quinientos quince dólares de los Estados Unidos de América) .-

2°) Comuníquese, notifíquese y archívese.