11/09/03
10/09/03
– APLICACIÓN DE MULTA A RADIO LA ACUARELA DE MELO
VISTO:
las presentes
actuaciones por las cuales la Unidad Reguladora de Comunicaciones (URSEC),
solicita la imposición de una multa equivalente a 30
U.R.,(treinta Unidades Reajustables) al señor Mario Barrios Viana,
permisionario de la estación radiodifusora CX152 «RADIO ACUARELA», por
operar un sistema de radiocomunicaciones sin la debida autorización.-
RESULTANDO:
que por la Resolución
del Poder Ejecutivo 60.431 de 30 de diciembre de 1982, se autorizó al
citado permisionario el uso de la frecuencia de 1520 Khz., en la ciudad de
Melo, con una potencia de 2 kw y un horario de funcionamiento de 16 horas
diarias.-
CONSIDERANDO:
I) que en inspección
llevada a cabo por la Unidad Reguladora, con fecha 12 de diciembre de
2001, se constató que la emisora de referencia operaba un radioenlace
unidireccional entre los estudios y la planta transmisora en la frecuencia
230 Mhz., cuya instalación y operación no contaba con la autorización
correspondiente.-
II)
que por la Resolución
de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones 080/03 Acta 009 de
13 de marzo de 2003, se le intimó al señor Mario Barrios Viana, el pago
en un plazo de 10 (diez) días hábiles del doble de las tasas y tarifas,
por operar una estación radioeléctrica y por la utilización de una
frecuencia atribuida al servicio fijo sin autorización.-
III)
que con fecha 10 de
abril de 2003, el señor Mario Barrios Viana, satisfizo el pago de las
tasas y tarifas establecidas por la Resolución antes dicha.-
IV)
que oportunamente se le
otorgaron las vistas al interesado quien no presentó descargo alguno.-
ATENTO:
a lo precedentemente
expuesto, a lo dispuesto por la Ley 17.296 de fecha 21 de febrero de 2001,
Decreto 404/993 de 14 de setiembre de 1993 y a lo informado por la Unidad
Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) y a lo informado por las
Asesorías Letradas de dicha Unidad y del Ministerio de Defensa Nacional.-
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1ro.-
Aplícase al señor
Mario Barrios Viana, permisionario de la estación radiodifusora CX152
«RADIO ACUARELA», de la ciudad de Melo, una multa equivalente a 30 U.R.
(treinta Unidades Reajustables) por operar un sistema de
radiocomunicaciones sin la debida autorización.-
2do.-
Comuníquese,
publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
(URSEC), a sus efectos. Cumplido, archívese.-
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