11/09/03
10/09/03
– SE OTORGA TÍTULO DE CONCESIÓN PARA EXPLOTAR A RATMELL S.A.
VISTO:
la gestión promovida por RATMELL S.A. tendiente a la obtención del
título minero CONCESIÓN PARA EXPLOTAR un yacimiento de caliza
metamórfica en la 5ª Sección Catastral del Departamento de Treinta y
Tres, por el plazo de 30 años
RESULTANDO:
I) se ha dado cumplimiento a
los presupuestos exigidos por el Código de Minería
II)
no se solicitó Servidumbre por ser la gestionante propietaria del padrón
afectado por la petición minera
III)
se ha acreditado el inicio del trámite ante el Ministerio de Vivienda,
Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente a los efectos de la obtención
de la Autorización Ambiental Previa
CONSIDERANDO:
que corresponde otorgar el título minero Concesión para Explotar al
haberse cumplido los requisitos de fondo y forma exigidos por los
artículos 100 y 104 del Código de Minería y el artículo 7 de la Ley
N°. 16.466 de 19 de enero de 1994
ATENTO:
a lo informado, por la Dirección Nacional de Minería y Geología y lo
dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria,
Energía y Minería
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.-
Otórgase a RATMELL S.A. el título minero CONCESION PARA EXPLOTAR por el
plazo de 30 años, respecto de un yacimiento de caliza metamórfica, en un
área de 100 hás., afectando parcialmente el padrón 454 de la 5ª
Sección Catastral del Departamento de Treinta y Tres.
2°.-
La Dirección Nacional de Minería y Geología dará posesión de la mina
a la concesionaria, en los términos previstos por el artículo 107 del
Código de Minería, una vez otorgada la Autorización Ambiental Previa
por parte del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente.
3º.-
Notifíquese,
comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y Geología.-
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