11/09/03
10/09/03
– CADUCIDAD DE PERMISO DE EXPLORACIÓN A RAFAEL DEMARCO S.A.
VISTO:
las presentes actuaciones promovidas por la Dirección Nacional de
Minería y Geología tendientes a declarar la caducidad del título minero
PERMISO DE EXPLORACIÓN concedido a RAFAEL DEMARCO S.A. por resolución de
26 de mayo de
1995,
sobre un yacimiento de piedra granítica y pedregullo, en la 9a
Sección Judicial del Departamento de Montevideo
RESULTANDO:
I) que dicho título fue
otorgado por el plazo de 24 meses y notificado el 2 de junio de 1995
II)
que el 25 de enero de 1996 fue suspendido el cómputo del plazo de
vigencia del título minero a partir de 22 de junio de 1995 hasta el
otorgamiento y notificación de la resolución imponiendo las servidumbres
respectivas
III)
que las referidas servidumbres fueron otorgadas el 21 de julio de 1999 y
notificadas el 9 de agosto de 1999
IV)
que habiendo iniciado el
permisario el trámite de Concesión para Explotar se prorrogaron sus
derechos hasta el otorgamiento de dicho título minero
V)
que Rafael Demarco S.A. incurrió en falta de pago de dos períodos
continuos del canon de superficie
CONSIDERANDO:
que habiéndose configurado la causal de falta de pago de dos períodos
continuos del canon de superficie prevista en el artículo 21, ordinal
ll), literal b), numeral 4) del Código de Minería, corresponde declarar
su caducidad
ATENTO:
a lo informado por la Dirección Nacional de Minería y Geología y lo
dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria,
Energía y Minería
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.-
Declárase que se ha producido la caducidad del título minero PERMISO DE
EXPLORACIÓN otorgado a RAFAEL DEMARCO S.A. por resolución de 26 de mayo
1995, sobre un yacimiento de piedra granítica y pedregullo, en una
superficie de 2 hás 9575 m.c, afectando al padrón 153687, de la 9ª
Sección Judicial del Departamento de Montevideo.
2°.-
Notifíquese, comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y
Geología a sus efectos.-
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