11/09/03    

10/09/03 – CADUCIDAD DE PERMISO DE EXPLORACIÓN A RAFAEL DEMARCO S.A.

VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la Dirección Nacional de Minería y Geología tendientes a declarar la caducidad del título minero PERMISO DE EXPLORACIÓN concedido a RAFAEL DEMARCO S.A. por resolución de 26 de mayo de

1995, sobre un yacimiento de piedra granítica y pedregullo, en la 9a Sección Judicial del Departamento de Montevideo

RESULTANDO: I) que dicho título fue otorgado por el plazo de 24 meses y notificado el 2 de junio de 1995

II) que el 25 de enero de 1996 fue suspendido el cómputo del plazo de vigencia del título minero a partir de 22 de junio de 1995 hasta el otorgamiento y notificación de la resolución imponiendo las servidumbres respectivas

III) que las referidas servidumbres fueron otorgadas el 21 de julio de 1999 y notificadas el 9 de agosto de 1999

IV) que habiendo iniciado el permisario el trámite de Concesión para Explotar se prorrogaron sus derechos hasta el otorgamiento de dicho título minero

V) que Rafael Demarco S.A. incurrió en falta de pago de dos períodos continuos del canon de superficie

CONSIDERANDO: que habiéndose configurado la causal de falta de pago de dos períodos continuos del canon de superficie prevista en el artículo 21, ordinal ll), literal b), numeral 4) del Código de Minería, corresponde declarar su caducidad

ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Declárase que se ha producido la caducidad del título minero PERMISO DE EXPLORACIÓN otorgado a RAFAEL DEMARCO S.A. por resolución de 26 de mayo 1995, sobre un yacimiento de piedra granítica y pedregullo, en una superficie de 2 hás 9575 m.c, afectando al padrón 153687, de la 9ª Sección Judicial del Departamento de Montevideo.

2°.- Notifíquese, comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y Geología a sus efectos.-