12/09/03
10/09/03
– SE DECLARA CADUCIDAD DE TÍTULO MINERO “CONCESIÓN PARA EXPLOTAR”
OTORGADO A CIRILO RODRÍGUEZ RADESCA
VISTO:
la renuncia presentada por CIRILO RODRÍGUEZ
RADESCA al título minero CONCESIÓN PARA EXPLOTAR otorgado por
Resolución del Poder Ejecutivo de 22 de enero de 1986, sobre un
yacimiento de arena en la 6ª Sección Judicial del Departamento de San
José;
RESULTANDO:
I) el referido título fue otorgado al concesionario por el plazo de
18 años labrándose el Acta respectiva de toma de posesión de la mínale
14 de abril de 1986;
II)
el 26 de junio de 2003, se presenta renuncia al título minero;
CONSIDERANDO:
que se ha configurado la causal de renuncia del derecho, prevista en
el artículo 21, ordinal II), literal c) numeral 3) del Código de
Minería, corresponde declarar la caducidad de la Concesión para
Explotar;
ATENTO:
a lo informado por la Dirección Nacional de Minería y Geología y lo
dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria,
Energía y Minería;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1º).-
Declárase que se producido la caducidad del título minero CONCESIÓN
PARA EXPLOTAR otorgado a CIRILO RODRÍGUEZ RADESCA el 22 de enero de 1986,
por un plazo de 18 años, sobre un yacimiento de arena en un área de 16
hás. 4930 m2 afectando el
padrón 16200 de la 6ª Sección Judicial del Departamento de San José.
2º).-
Notifíquese, comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería
y Geología a sus efectos.
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