12/09/03    

10/09/03 – SE DECLARA CADUCIDAD DE TÍTULO MINERO “CONCESIÓN PARA EXPLOTAR” OTORGADO A CIRILO RODRÍGUEZ RADESCA

VISTO: la renuncia presentada por CIRILO RODRÍGUEZ  RADESCA al título minero CONCESIÓN PARA EXPLOTAR otorgado por Resolución del Poder Ejecutivo de 22 de enero de 1986, sobre un yacimiento de arena en la 6ª Sección Judicial del Departamento de San José;

RESULTANDO: I) el referido título fue otorgado al concesionario por el plazo de 18 años labrándose el Acta respectiva de toma de posesión de la mínale 14 de abril de 1986;

II) el 26 de junio de 2003, se presenta renuncia al título minero;

CONSIDERANDO: que se ha configurado la causal de renuncia del derecho, prevista en el artículo 21, ordinal II), literal c) numeral 3) del Código de Minería, corresponde declarar la caducidad de la Concesión para Explotar;

ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1º).- Declárase que se producido la caducidad del título minero CONCESIÓN PARA EXPLOTAR otorgado a CIRILO RODRÍGUEZ RADESCA el 22 de enero de 1986, por un plazo de 18 años, sobre un yacimiento de arena en un área de 16 hás.  4930 m2 afectando el padrón 16200 de la 6ª Sección Judicial del Departamento de San José.

2º).- Notifíquese, comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y Geología a sus efectos.