16/09/03    

16/09/03 – SE AUTORIZA LA TRANSFERENCIA DE TITULARIDAD DE LA ESTACIÓN  RADIODIFUSORA CW-153 “EMISORA CONOSUR”

Visto:  la gestión promovida por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) por la cual los señores Carlos Rufino Pagés Pineda y Lorenzo Pagés Mañay, permisionarios de la frecuencia 1.530 Khz., AM, en que opera la estación radiodifusora CW-153 «Emisora Cono Sur» de la localidad de Nueva Palmira, Departamento de Colonia, solicitan la transferencia de dicha titularidad a favor del señor Edwards Daniel Moris Satucha. Resultando: que por la Resolución del Poder Ejecutivo 302/981 de 24 de febrero de 1981, se autorizó a los señores Carlos Rufino Pagés Pineda y Lorenzo Pagés Mañay, el uso de la frecuencia 1 530 Khz., de la localidad de Nueva Palmira, Departamento de Colonia. Considerando: I) que las partes han dado cumplimiento a lo dispuesto por los Decretos 586/990 de 18 de diciembre de 1990 y 347/992 de 21 de julio de 1992. II) que el señor Edwards Daniel Moris Satucha, ha acreditado en obrados el cumplimiento de los requisitos previstos en el articulo 8vo. del Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978. Atento: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001, a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) y a lo dictaminado por la Asesoría Letrada de la misma. El Presidente de la República, Resuelve: 1ro.- Autorízase la transferencia de titularidad de la estación radiodifusora CW-153 «Emisora Cono Sur», que opera en la frecuencia 1.530 Khz, de la localidad de Nueva Palmira, del Departamento de Colonia, de los señores Carlos Rufino Pagés Pineda y Lorenzo Pagés Mañay, a favor del señor Edwards Daniel Moris Satucha. 2do.- Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), a sus efectos Cumplido, archívese.