18/09/03
17/09/03 – SE AUTORIZA
LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA PARA CONSTRUCCIÓN DE HOTEL 5 ESTRELLAS EN
LA COSTA DE ROCHA
VISTO: La
resolución del Poder Ejecutivo de fecha 30 de setiembre de 2002
RESULTANDO: Que
por la misma se autorizó el llamado a Expresiones de Interés para la
construcción, concesión y explotación de un Hotel 5 Estrellas con
Casino en el Departamento de Rocha y se aprobó el pliego de condiciones
que regirá el mismo
CONSIDERANDO: I) Que
se realizaron las publicaciones de estilo (fs.7 a 10)
II) Que
con fecha 19 de marzo de 2003 se procedió a la apertura de las
propuestas, habiéndose presentado dos oferentes: Arq. Fernando Fabiano
González y Fossati Hnos. Soc. Col. (Complejo Turístico Dunas de la
Esmeralda)
III) Que
según informe de la Comisión Asesora de fecha 8 de abril de 2003,
determina que las propuestas presentadas son ofertas serias y viables, lo
que habilitaría realizar un llamado a Licitación Pública para la
construcción, concesión y explotación de un hotel 5 Estrellas con
Casino en la Costa del Departamento de Rocha
ATENTO: A
lo expresado, y a lo dispuesto en el Decreto Ley N° 14.335 de 23 de
diciembre de 1974, Decreto N° 588/75 de 24 de julio de 1975 y el
artículo 33° y siguientes del TOCAF 1996
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE
1) Autorízase
el llamado a Licitación Pública para la construcción, concesión y
explotación de un Hotel 5 Estrellas con Casino en la Costa del
Departamento de Rocha, desde el balneario La Coronilla y el balneario La
Esmeralda
2) Apruébase
el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que regirá la Licitación
Pública, que se adjunta y forma parte de la misma
3) Fijase
el precio del Pliego de Condiciones en la suma de U$S 500 (dólares
americanos quinientos)
4) Intégrase
la Comisión Asesora de Adjudicaciones con cinco miembros: un
representante del Poder Ejecutivo que la presidirá y un delegado por cada
uno de los siguientes organismos, Ministerio de Economía y Finanzas,
Ministerio de Turismo, Oficina de Planeamiento y Presupuesto e Intendencia
Municipal de Rocha
5) Cométase
la fijación de la fecha de apertura de las ofertas al Ministerio de
Turismo, así como todo el procedimiento licitatorio, menos la
adjudicación y la declaración de desierta en su caso, que deberá
realizarla el Poder Ejecutivo
6) Comuníquese,
publíquese y vuelva al Ministerio de Economía y Finanzas.-
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