18/09/03    

17/09/03 – RENOVACIÓN DE CONTRATO EN DELEGACIÓN URUGUAYA EN LA COMISIÓN BINACIONAL DEL PUENTE BUENOS AIRES-COLONIA

VISTO: lo dispuesto por los Artículos 2° y 10° del Decreto N° 158/002 de 30 de abril de 2002

RESULTANDO: I) Que conforme al aludido artículo 2° los jerarcas máximos de cada Inciso de la Administración Central se encuentran autorizados a la contratación y renovación de servicios personales

II) Que el Artículo 10 del citado Decreto crea una Comisión Asesora para evaluar la pertinencia y necesidad de todos los contratos de servicios personales vigentes o que se pretenden contratar por parte de la Administración Central

III) Que estas actuaciones refieren a la gestión del Ministerio de Transpone y Obras Públicas para la renovación de la contratación en la Delegación Uruguaya de la Comisión Binacional Puente Buenos Aires-Colonia de la Licenciada Gabriela Sarciada Fuentes, para desempeñar la función de Especialista en Relaciones Internacionales en el marco del Proyecto URU/02/003/A/01/99, "Apoyo a la Construcción de Puentes Binacionales incluidos en el Proyecto de Integración Física Regional" celebrado con el PNUD

CONSIDERANDO: que la Comisión Asesora creada conforme a lo preceptuado en el Artículo 10 del Decreto N° 158/002 de 30 de abril de 2002, en informe de fecha 22 de julio de 2003, expresa que no existen objeciones que formular a la contratación en régimen de arrendamiento de servicios solicitada a favor de la Licenciada Gabriela Sarciada Fuentes

ATENTO: a lo establecido en el Decreto N° 158/02 de 30 de abril de 2002

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Autorizar al Ministerio de Transporte y Obras Públicas a proceder a la renovación del contrato de la Licenciada Gabriela Sarciada Fuentes, C.I. N° 1.740.679-0, quien desempeñará funciones en la Delegación Uruguaya de la Comisión Binacional del Puente Buenos Aires-Colonia dentro del marco del Proyecto URU/02/003/A/01/99, "Apoyo a la Construcción de Puentes Binacionales incluidos en el Proyecto de Integración Física Regional" celebrado con PNUD, en los términos, condiciones y remuneración pactados oportunamente y que se detallan en el contrato correspondiente

2°.- Comuníquese, notifíquese y archívese.-