18/09/03
17/09/03
– RENOVACIÓN DE CONTRATO EN DELEGACIÓN URUGUAYA EN LA COMISIÓN
BINACIONAL DEL PUENTE BUENOS AIRES-COLONIA
VISTO:
lo dispuesto por los
Artículos 2° y 10° del
Decreto N° 158/002 de 30
de abril de 2002
RESULTANDO:
I) Que conforme al aludido
artículo 2° los jerarcas máximos
de cada Inciso de la Administración Central se encuentran autorizados
a la contratación y renovación
de servicios personales
II)
Que el Artículo 10 del
citado Decreto crea una Comisión Asesora para
evaluar la pertinencia y necesidad
de todos los contratos de servicios
personales vigentes o que
se pretenden contratar por parte de
la Administración Central
III)
Que estas actuaciones
refieren a la gestión del
Ministerio de Transpone y
Obras Públicas para la
renovación de la contratación en la
Delegación Uruguaya de la Comisión Binacional Puente Buenos Aires-Colonia de la Licenciada Gabriela Sarciada Fuentes, para desempeñar
la función de Especialista en Relaciones Internacionales en
el marco del Proyecto URU/02/003/A/01/99, "Apoyo a la Construcción
de Puentes Binacionales incluidos en el Proyecto de Integración Física Regional" celebrado con el PNUD
CONSIDERANDO:
que la Comisión Asesora
creada conforme a lo preceptuado
en el Artículo 10 del
Decreto N° 158/002 de 30 de abril de 2002, en informe de fecha 22 de
julio de 2003, expresa que no existen
objeciones que formular a la
contratación en régimen de arrendamiento
de servicios solicitada a favor
de la Licenciada Gabriela
Sarciada Fuentes
ATENTO:
a lo establecido en el Decreto N° 158/02 de 30 de abril de 2002
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.-
Autorizar al Ministerio de Transporte y Obras Públicas a proceder a la
renovación del contrato de la Licenciada Gabriela Sarciada Fuentes, C.I.
N° 1.740.679-0, quien desempeñará funciones en la Delegación Uruguaya
de la Comisión Binacional del Puente Buenos
Aires-Colonia dentro del marco del Proyecto URU/02/003/A/01/99, "Apoyo
a la Construcción de Puentes Binacionales incluidos en el Proyecto de
Integración Física Regional" celebrado con PNUD, en los términos,
condiciones y remuneración pactados oportunamente y que se detallan en el
contrato correspondiente
2°.-
Comuníquese, notifíquese y archívese.-
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