18/09/03
17/09/03 – SE APRUEBA CONVENIO SUSCRITO
ENTRE MVOTMA, MTSS E INTENDENCIA MUNICIPAL DE SALTO, RELATIVO AL PROGRAMA
“ACTIVIDADES COMUNITARIAS”.
VISTO: el Convenio
suscrito el 31 de julio de 2003 entre 003 los Ministerios de
Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y de Trabajo y
Seguridad Social y la Intendencia Municipal de Salto;
RESULTANDO:
I) que el referido Convenio tiene por objeto la coordinación,
competencias y áreas de responsabilidad, en la implementación en el
Departamento de Salto del Programa "Actividades Comunitarias",
con el fin de disminuir las consecuencias sociales de la desocupación de
los sectores más vulnerables de la población;
II)
que el citado Convenio se solventará con aportes del Gobierno Nacional,
Ministerios de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y
Trabajo y Seguridad Social, ambos 70% y la Intendencia Municipal de Salto
un 30%, en este aporte no se considera las maquinarias de uso permanente;
III)
que al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente
le compete: estudiar la factibilidad económica y técnica de los
proyectos y los presupuestos de inversiones a los efectos de su
aprobación y supervisión de los mismos; las actividades de capacitación
de asociaciones y comisiones vecinales; asegurar los flujos de fondos
convenidos para cada obra y supervisar con la Intendencia Municipal de
Salto la realización de las obras y la contabilidad de las proyectos
asumiendo la responsabilidad del gasto ante el Tribunal de Cuentas de la
República;
IV)
que al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social le compete: determinar los
cupos departamentales de proyectos; supervisar con la Intendencia
Municipal de Salto la designación de los beneficiarios; participar en la
aprobación y supervisión de los proyectos;
V)
que asimismo a la Intendencia Municipal de Salto le compete: estudiar y
otorgar su aval a los proyectos de su departamento y presentarlos para su
aprobación; supervisar en coordinación con el Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social la designación de los beneficiarios y con el Ministerio
de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente la realización de
las obras; registrar una firma responsable representante de la Intendencia
en la cuenta abierta para los fines dispuestos por parte del Ministerio de
Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente;
VI)
que el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente
remitió las presentes actuaciones al Tribunal de Cuentas de la República
para su intervención;
VII)
que el presente convenio demandará un monto de $ 1.110.936 (pesos un
millón ciento diez mil novecientos treinta seis) afectado al Rubro 579
"Obras Comunitarias" de la Unidad Ejecutora 001, del Ministerio
de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente;
CONSIDERANDO:
I) que ambas Secretarías de Estado y la Intendencia Municipal de
Salto han expresado su voluntad de llevar adelante el Programa denominado
"Actividades Comunitarias", en las condiciones establecidas en
el Convenio suscrito el 31 de, julio de 2003;
II)
que es conveniente homologar la .suscripción del Convenio antes citado;
ATENTO:
a lo expuesto precedentemente;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.-
Homológase el Convenio suscrito el 31 de julio de 2003, entre los
Ministerios de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y de
Trabajo y Seguridad Social y la Intendencia Municipal de Salto que tiene
por objeto la coordinación, competencias y áreas de responsabilidad, en
la implementación en el Departamento de Salto del Programa
"Actividades Comunitarias", con el fin de disminuir las
consecuencias sociales de la desocupación de los sectores más
vulnerables de la población.-
2°.-
El monto de $ 1.110.936 (pesos un mil ciento diez mil novecientos treinta
y seis) será atendido con cargo 'al Rubro 579 Obras Comunitarias de la
Unidad Ejecutora 001 del Inciso 14 Ministerio de Vivienda, Ordenamiento
Territorial y Medio Ambiente.-
3°.-
Vuelva al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente, cometiéndole la comunicación al Tribunal de Cuentas de la
República, al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a la Intendencia
Municipal de Salto y pase a la División Contaduría y Finanzas.
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