23/09/03
23/09/03 – SE AUTORIZA A LA EMPRESA «ENALUR S.A.»
LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO INALÁMBRICO DE TRANSMISIÓN DE DATOS CON
CARÁCTER NACIONAL
Visto: las presentes
actuaciones por las cuales la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones (URSEC), da cuenta de la gestión promovida por la empresa
«ENALUR SA», a los efectos de solicitar se le extienda a todo el
territorio nacional la autorización para la prestación comercial del
servicio de transmisión de datos. Resultando: I) que por la
Resolución del Poder Ejecutivo 184/999 de 16 de marzo de 1999, se
autorizó a la empresa de referencia la instalación y operación con
carácter comercial de una red inalámbrica de banda ancha en la ciudad de
Montevideo, a través de la tecnología del servicio local de
distribución multipunto (LMDS), para la prestación en forma no exclusiva
del servicio de transmisión de datos que no involucre la prestación del
servicio de radiodifusión (radio y televisión), televisión para
abonados o telefonía. II) que por la Resolución del Poder
Ejecutivo 1476/001 de 9 de octubre de 2001, se autorizó a la empresa
«ENALUR S A.» la instalación y operación con carácter comercial, de
un sistema inalámbrico para la prestación en forma no exclusiva del
servicio de transmisión de datos, con excepción de los servicios de
telefonía y radiodifusión empleando tecnología de espectro expandido. Considerando:
que habiéndose observado todos los extremos previstos por la normativa
aplicable, no existen inconvenientes para autorizar lo solicitado. Atento
a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley 17.296 de fecha
21 de febrero de 2001 y a lo informado por la Unidad Reguladora de
Servicios de Comunicaciones (URSEC) y a lo dictaminado por la Asesoría
Letrada de la misma. El Presidente de la República, Resuelve: 1ro.-
Autorízase a la empresa «ENALUR S. A.» la prestación del servicio
inalámbrico de transmisión de datos con carácter nacional. 2do.-
Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones (URSEC), a sus efectos Cumplido. Archívese.
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