23/09/03    

23/09/03 – SE AUTORIZA SUSCRIPCIÓN DE CONVENIO ENTRE BPS Y EL MINISTERIO DE DEFENSA

VISTO: la gestión promovida por la Dirección General de los Servicios de las Fuerzas Armadas para la suscripción de un Convenio a celebrarse con el Banco de previsión Social.-

RESULTANDO: I) que por el citado Convenio las partes manifiestan au voluntad de recíproca cooperación en las áreas de la actividad que les son propias, para lo cual establecen pautas generales a cuyo mérito deben atenerse las relaciones de intercambio entre ambas Instituciones.-

II) que las acciones a implementarse en la ejecución de ras diversas formas de cooperación previstas en el Convenio, no implicarán ningún tipo de compromiso económico o financiero para ninguna de las partes y se basarán sobre el principio de reciprocidad en el trato.-

CONSIDERANDO: I) que ello contribuye a aunar esfuerzos al servicio de intereses nacionales, promoviendo a la vez generación de vínculos que redundarán en beneficios institucionales y sociales para ambas partes, siendo de interés la celebración del Convenio referido.-

II) que es necesario designar representante del Ministerio de Defensa Nacional-Dirección General de los Servicios de las Fuerzas Armadas, para la suscripción de la documentación correspondiente.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Asesoría Notarial del Ministerio de Defensa Nacional y a lo dispuesto en la Resolución del Ministerio de Defensa Nacional 24.960 de 21 de octubre de 1991.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1ro.- Autorízase la suscripción del Convenio y su Anexo a celebrarse entre el Banco de Previsión Social y el Ministerio de Defensa Nacional-Dirección General de los Servicios de las Fuerzas Armadas, en los términos que luce de fojas catorce a diecisiete del expediente administrativo del Ministerio de Defensa Nacional número 2003048953 y que se considera parte integrante de la presente Resolución.-

2do.- Desígnase representante del Ministerio de Defensa Nacional-Dirección General de los Servicios de las Fuerzas Armadas, para la firma de la documentación respectiva, al señor Director de la mencionada Dirección General.-

3ro.- Comuníquese, publíquese, pase a la Asesoría Notarial del Ministerio de Defensa Nacional y a la Dirección General de los Servicios de las Fuerzas Armadas a sus efectos Cumplido, vuelva y archívese.-