la gestión
promovida por la Dirección General de los Servicios de las Fuerzas
Armadas para la suscripción de un Convenio a celebrarse con el Banco de
previsión Social.-
RESULTANDO: I) que por el citado Convenio las
partes manifiestan au voluntad de recíproca cooperación en las áreas de
la actividad que les son propias, para lo cual establecen pautas generales
a cuyo mérito deben atenerse las relaciones de intercambio entre ambas
Instituciones.-
II) que las acciones a implementarse en la
ejecución de ras diversas formas de cooperación previstas en el
Convenio, no implicarán ningún tipo de compromiso económico o
financiero para ninguna de las partes y se basarán sobre el principio de
reciprocidad en el trato.-
CONSIDERANDO: I) que ello contribuye a aunar
esfuerzos al servicio de intereses nacionales, promoviendo a la vez
generación de vínculos que redundarán en beneficios institucionales y
sociales para ambas partes, siendo de interés la celebración del
Convenio referido.-
II) que es necesario designar representante del
Ministerio de Defensa Nacional-Dirección General de los Servicios de las
Fuerzas Armadas, para la suscripción de la documentación
correspondiente.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo
informado por la Asesoría Notarial del Ministerio de Defensa Nacional y a
lo dispuesto en la Resolución del Ministerio de Defensa Nacional 24.960
de 21 de octubre de 1991.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1ro.- Autorízase la suscripción del Convenio y su
Anexo a celebrarse entre el Banco de Previsión Social y el Ministerio de
Defensa Nacional-Dirección General de los Servicios de las Fuerzas
Armadas, en los términos que luce de fojas catorce a diecisiete del
expediente administrativo del Ministerio de Defensa Nacional número
2003048953 y que se considera parte integrante de la presente
Resolución.-
2do.- Desígnase representante del Ministerio de
Defensa Nacional-Dirección General de los Servicios de las Fuerzas
Armadas, para la firma de la documentación respectiva, al señor Director
de la mencionada Dirección General.-
3ro.- Comuníquese, publíquese, pase a la
Asesoría Notarial del Ministerio de Defensa Nacional y a la Dirección
General de los Servicios de las Fuerzas Armadas a sus efectos Cumplido,
vuelva y archívese.-