25/09/03
24/09/03 –
EXONERACIÓN IMPOSITIVA PARA IMPORTACIÓN PROMOVIDA POR EL MSP
VISTO: la gestión
promovida por el Ministerio de Salud Pública, en la que solicita
exoneración de recargos y demás gravámenes que pudieran corresponder
para la importación de un set de inserción para videocolonoscopio EC-200
MR.
RESULTANDO: I) que
dicho bien fue donado por el Organismo Internacional de Energía Atómica
(OIEA) Viena, en el marco del Proyecto ARCAL LVIII (RLA-6- 046).
II) que por
Resolución del Ministerio de Salud Pública, de 13 de agosto de 2003, en
ejercicio de las atribuciones delegadas, se resolvió aceptar la donación
ofrecida en el marco del referido proyecto.
CONSIDERANDO: I) que
el artículo 463° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991, declara
que el Estado, los Organismos comprendidos en el artículo 220° de la
Constitución de la República y los Gobiernos Departamentales gozan de
inmunidad impositiva, tanto nacional como departamental, por los bienes y
actividades no comerciales ni industriales.
II) que el artículo
581º de la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001, reglamentado por
Decreto N° 333/001, de 21 de agosto de 2001, dispone que la inmunidad
impositiva establecida por el artículo 463° de la Ley N° 16.226 citada,
no tendrá aplicación cuando la misma implique un trato discriminatorio
para los bienes de producción nacional ofrecidos en plaza con respecto a
los importados.
ATENTO: a lo
informado por la División Técnico Fiscal y la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Economía y Finanzas.
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1º) Declárase que
el set de inserción para videocolonoscopio EC-200MR, por un valor total
CIF/Montevideo de U$S 5.100,oo (cinco mil cien dólares de los Estados
Unidos de América), donado, a importar por el Ministerio de Salud
Pública, dado su destino, se encuentra incluido en el régimen de
inmunidad impositiva referido en el artículo 463° de la Ley N° 16.226,
de 29 de octubre de 1991.
2º) La presente
importación se encuentra exonerada de los siguientes gravámenes: Tasa
Global Arancelaria, Impuesto de Contribución al Financiamiento de la
Seguridad Social, Impuesto al Valor Agregado, Tasas Consulares, Comisión
sobre Importaciones, Tasa de Servicios Extraordinarios y Tasa de Servicios
Automatizados.
3º)
Comuníquese y archívese.
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