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       02/10/03    
       
      01/10/03
      – SE AUTORIZA A LA FIRMA BUNGE URUGUAY S.A., USUARIA DE ZONAMÉRICA, A
      MODIFICAR PORCENTAJE DE PERSONAL URUGUAYO REGISTRADO EN SU PLANTILLA DE
      EMPLEADOS 
      VISTO:
      la gestión promovida por la firma Bunge Uruguay S.A., usuaria directa de
      Zonamérica, por la que solicita la modificación del porcentaje de
      personal uruguayo, en la plantilla de sus empleados.- 
      RESULTANDO:
      I) que por Resolución de la Dirección General de Comercio -Área
      Zonas Francas de 19 de setiembre de 2002, se autorizó a la firma
      peticionante a ser usuaria directa de Zonamérica.- 
      II)
      que la gestionante tiene por objeto la comercialización de granos
      oleaginosos, cereales y sus sub productos, brindando desde zona franca
      servicios de ejecución de contratos de exportación.- 
      III) que la
      empresa emplea en la actualidad cinco funcionarios, de los cuales
      solamente uno es extranjero, señalando que requiere incorporar un asesor
      especializado en la ejecución de contratos de exportación con la
      finalidad de aumentar y desarrollar sus actividades.- 
      IV)
      que la situación planteada se prolongaría hasta tanto se contrate
      personal local que reciba el entrenamiento adecuado.- 
      CONSIDERANDO:
      I) que él articulo 18° de la Ley N° 15.921, de 10 de diciembre de
      1987 establece que: "Las usuarias de las zonas francas emplearán en
      sus actividades que desarrollen en las mismas, un mínimo de 75% de
      personal constituido por ciudadanos uruguayos, naturales o legales, a fin
      de mantener su calidad de tales y las exoneraciones tributarias,
      franquicias, beneficios y derechos que esta Ley les acuerda “.- 
      II) que en el
      párrafo siguiente de la referida norma se agrega: "En casos
      excepcionales este porcentaje podrá ser reducido previa autorización del
      Poder Ejecutivo, atendiendo a características especiales de la actividad
      a desarrollar y razones de interés general".- 
      III)
      que de acuerdo a lo expresado, pueden considerarse que se dan en la
      especie los requisitos necesarios para proceder a autorizar la reducción
      del porcentaje del 75% previsto en la norma citada.- 
      ATENTO:
      a lo informado por la Asesoría Jurídica de la Dirección General de
      Comercio y la Asesoría Macroeconómica y Financiera del Ministerio de
      Economía y Finanzas.- 
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      
       
      R
      E S U E L V E:
      
       
      1°) Autorizase
      a la firma Bunge Uruguay S.A., usuaria de Zonamérica, a modificar el
      porcentaje del personal uruguayo registrado en su plantilla de empleados,
      la que quedará integrada por 67% (sesenta y siete por ciento) de
      empleados ciudadanos uruguayos y un 33% (treinta y tres por ciento) de
      empleados de nacionalidad extranjera.- 
      2°)
      Se establece que el plazo de vigencia de la presente autorización será
      de doce meses.- 
      3°)
      Comuníquese, notifíquese y archívese.
        
       
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