03/10/03    

02/10/03 – INCLUSIÓN EN EL INVENTARIO DE CANTERAS DE OBRAS PÚBLICAS YACIMIENTO EN LAVALLEJA

VISTO: estos antecedentes relativos al yacimiento de piedra granítica ubicado en el padrón N° 13586 de la 9a Sección Judicial del Departamento de Lavalleja

RESULTANDO: I) Que la Dirección Nacional de Vialidad estima necesario su inclusión en el Inventario de Canteras de Obras Públicas a que refiere el artículo 250 de la Ley N°16.320 de 1° de noviembre de 1992

II) Que el material a extraer será utilizado en la obra: "Refuerzo de pavimento de Ruta N°8 entre Arroyo Sarandí y Río Cebollatí", a cargo del Consorcio TRACOVIAX S. C.

III) Que el Departamento Letrada del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, no formula observaciones al respecto

CONSIDERANDO: que las canteras incluidas en el referido inventario no están regidas por las disposiciones del Código de Minería, y rigen por consiguiente las normas de derecho común aplicables en la materia

ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 250 de la Ley N°16.320 de 1° de noviembre de 1992

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Inclúyase en el Inventario de Canteras de Obras. Públicas, a cargo de la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, el siguiente bien: yacimiento de piedra granítica, ubicado en la 9a Sección.:Judicial del Departamento de Lavalleja, padrón N° 13586 cuya propietaria es la Señora Alexandra Guarino

2°.- Autorízase la extracción de dichos materiales por parte de la Dirección Nacional de Vialidad, los que serán utilizados en la obra: "Refuerzo de pavimento de Ruta N°8 entre Arroyo Sarandí y Río Cebollatí" a cargo del Consorcio TRACOVIAX S.A.

3°.- Comuníquese, publíquese y vuelva a la Dirección Nacional de Vialidad para la notificación de los interesados y demás efectos.-