03/10/03
02/10/03 – INCLUSIÓN
EN EL INVENTARIO DE CANTERAS DE OBRAS PÚBLICAS YACIMIENTO EN LAVALLEJA
VISTO: estos
antecedentes relativos al yacimiento de piedra granítica ubicado en el
padrón N° 13586 de la 9a
Sección Judicial del Departamento de Lavalleja
RESULTANDO: I) Que
la Dirección Nacional de Vialidad estima necesario su inclusión en el
Inventario de Canteras de Obras Públicas a que refiere el artículo 250
de la Ley N°16.320 de 1° de noviembre de 1992
II) Que el material
a extraer será utilizado en la obra: "Refuerzo de pavimento de Ruta
N°8 entre Arroyo Sarandí y Río Cebollatí", a cargo del Consorcio
TRACOVIAX S. C.
III) Que el
Departamento Letrada del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, no
formula observaciones al respecto
CONSIDERANDO: que
las canteras incluidas en el referido inventario no están regidas por las
disposiciones del Código de Minería, y rigen por consiguiente las normas
de derecho común aplicables en la materia
ATENTO: a lo
dispuesto en el artículo 250 de la Ley N°16.320 de 1° de noviembre de
1992
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Inclúyase en
el Inventario de Canteras de Obras.
Públicas, a cargo de la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio
de Transporte y Obras Públicas, el siguiente bien: yacimiento de piedra
granítica, ubicado en la 9a
Sección.:Judicial del Departamento de Lavalleja, padrón N° 13586 cuya
propietaria es la Señora Alexandra Guarino
2°.- Autorízase la
extracción de dichos materiales por parte de la Dirección Nacional de
Vialidad, los que serán utilizados en la obra: "Refuerzo de
pavimento de Ruta N°8 entre
Arroyo Sarandí y Río Cebollatí" a cargo del Consorcio TRACOVIAX
S.A.
3°.- Comuníquese,
publíquese y vuelva a la Dirección Nacional de Vialidad para la
notificación de los interesados y demás efectos.-
|