03/10/03
02/10/3 – SE APRUEBA
CONVENIO ENTRE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD DEL M.T.O.P. Y LA
INTENDENCIA DE LAVALLEJA
VISTO: el Convenio
celebrado el 28 de abril de 2003 entre la Dirección Nacional de Vialidad
del Ministerio del Transporte y Obras Públicas y la Intendencia Municipal
de Lavalleja
RESULTANDO: I) Que
el objeto del citado instrumento tiene por finalidad el intercambio de
bienes y servicios entre ambos organismos, en virtud de la restricción
del gasto público que los afecta
II) Que a tal
efecto, la nombrada Dirección Nacional se obliga a suministrar en
préstamo una máquira retroexcavadora durante dos meses y 240 horas de
equipo regador de asfalto, en tanto que la referida Comuna le
suministrará 3.000 m3
de material granular para El mantenimiento de las Rutas de la Regional 10
próximas a Minas y el servicio diario de limpieza de las oficinas de la
citada Regional
III) Que dicho
intercambio tiene un plazo de un año a partir de la suscripción del
Convenio y las partes acordaron que sus respectivas prestaciones serán
equivalentes, valorándose en $1:300.000
IV) Que el Tribunal
de Cuentas de la República (Oficina Central-Carpeta N°199.276) intervino
la gestión indicando que se ha configurado la causal prevista en el
artículo 33, Numeral 3), Literal A) del "T.O.C.A.F. 1996", no
formulando observaciones al respecto
ATENTO: a lo
establecido en el "T.O.C.A.F. 1996" aprobado por el
Decreto N°194/997 de 10 de junio de 1997
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Apruébase -en
todos sus términos- el Convenio celebrado el 28 de abril de 2003 entre la
Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y la Intendencia Municipal de Lavalleja, según lo reseñado en
la parte expositiva del presente acto
2°.- Comuníquese y
vuelva a la citada Dirección Nacional a sus efectos.-
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