03/10/03    

02/10/3 – SE APRUEBA CONVENIO ENTRE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD DEL M.T.O.P. Y LA INTENDENCIA DE LAVALLEJA

VISTO: el Convenio celebrado el 28 de abril de 2003 entre la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio del Transporte y Obras Públicas y la Intendencia Municipal de Lavalleja

RESULTANDO: I) Que el objeto del citado instrumento tiene por finalidad el intercambio de bienes y servicios entre ambos organismos, en virtud de la restricción del gasto público que los afecta

II) Que a tal efecto, la nombrada Dirección Nacional se obliga a suministrar en préstamo una máquira retroexcavadora durante dos meses y 240 horas de equipo regador de asfalto, en tanto que la referida Comuna le suministrará 3.000 m3 de material granular para El mantenimiento de las Rutas de la Regional 10 próximas a Minas y el servicio diario de limpieza de las oficinas de la citada Regional

III) Que dicho intercambio tiene un plazo de un año a partir de la suscripción del Convenio y las partes acordaron que sus respectivas prestaciones serán equivalentes, valorándose en $1:300.000

IV) Que el Tribunal de Cuentas de la República (Oficina Central-Carpeta N°199.276) intervino la gestión indicando que se ha configurado la causal prevista en el artículo 33, Numeral 3), Literal A) del "T.O.C.A.F. 1996", no formulando observaciones al respecto

ATENTO: a lo establecido en el "T.O.C.A.F. 1996" aprobado por el Decreto N°194/997 de 10 de junio de 1997

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Apruébase -en todos sus términos- el Convenio celebrado el 28 de abril de 2003 entre la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Intendencia Municipal de Lavalleja, según lo reseñado en la parte expositiva del presente acto

2°.- Comuníquese y vuelva a la citada Dirección Nacional a sus efectos.-