03/10/03
02/10/03
– SE APRUEBA CONVENIO CELEBRADO
EL 16/09/03 ENTRE EL MTOP Y
MDN, PARA REALIZAR
OBRAS DE REPARACIONES SANITARIAS EN EL EDIFICIO SEDE DE LA DIRECCIÓN
NACIONAL DE INTELIGENCIA DE ESTADO.
VISTO:
el Convenio celebrado el 16 de setiembre de 2003, entre el Ministerio
de Transporte y Obras Públicas y el Ministerio Defensa Nacional.
RESULTANDO:
I) que el citado Convenio tiene por objeto realizar obras de
reparaciones sanitarias en el edificio sede de la Dirección Nacional de
Inteligencia de Estado;
II) Que el
Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a través de su Dirección
Nacional de Arquitectura, contribuye con la asistencia técnica,
ejecución de las obras "administración, las que se realizarán por
el régimen de administración directa, así como los equipos e
infraestructura empresarial (Cláusula 3ra.);
III) Que el
Ministerio de Defensa Nacional, contribuirá con la suma de $ 7.590.-
(pesos uruguayos siete mil quinientos noventa), que se atenderá con los
rubros correspondientes al Inciso 03, Unidad Ejecutora 003, Financiamiento
11 Programa 001, Proyecto 709, Objeto de Gasto 271, Ejercicio 2003,
existiendo los créditos disponibles de acuerdo al artículo 1° del
Decreto N° 24/999, de fecha 3 de febrero de 1999, Afectación N° 191,
Compromiso 001, y con el Decreto N° 90/000 del 3 de marzo de 2000. Dicho
monto en efectivo ajustable por el Índice General de Costos de la
Construcción, elaborado por el Instituto Nacional de Estadística,
será depositado en la Cuenta de la Dirección Nacional de Arquitectura,
del Ministerio de Transporte y Obras Públicas N° 152 2441-0 del Banco de
la República Oriental del Uruguay (Cláusulas 3ra. y 4ta.)
CONSIDERANDO: I)
que la realización de los trabajos indicados en el mencionado Convenio,
estarán a cargo de la Dirección Nacional de Arquitectura del Ministerio
de Transporte y Obras Públicas, por el régimen de Administración
Directa, por lo que es pertinente autorizar a dicha dependencia para
contratar directamente y ordenar el gasto resultante de los servicios y
suministros necesarios a tales fines, según lo establecido por el
Artículo 97 de la Ley N° 15.851 de 24 de diciembre de 1986;-
ATENTO: A lo
precedentemente expuesto, procede aprobar el Convenio
de que se trata
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
R
E S U E L V E:
1°.- Apruébase, en
todas sus partes, el Convenio celebrado el 16 de setiembre de 2003, entre
el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Ministerio de Defensa
Nacional, que tiene por finalidad realizar obras de reparaciones
sanitarias en el edificio sede de la Dirección Nacional de
Inteligencia de Estado;
2°.-
Autorízase a la Dirección Nacional de Arquitectura del citado
Ministerio, a ejecutar, hasta la suma de $7.590.- (pesos uruguayos siete
mil quinientos noventa) en efectivo, ajustable
por el Indice General de Costos de la Construcción, elaborado por
el Instituto Nacional de Estadística,
la realización de las indicadas obras por el régimen de Administración
Directa.-
3°.-
Autorizase, asimismo, a la Dirección Nacional de Arquitectura, a efectuar
todos los aprovisionamientos necesarios al amparo de lo dispuesto en el
Articulo 97 de la Ley N° 15.851 de 24 de diciembre de 1986.
4°.-
Establécese que el Ministerio de Defensa Nacional deberá,
previa intervención de las oficinas pertinentes, poner a disposición de
la Dirección Nacional de Arquitectura, el aporte en efectivo referido, en
la Cuenta N° 152 2441-0 del Banco de la República Oriental del Uruguay
(Casa Central) de la indicada Dirección.
5°.- Establécese que
la Dirección Nacional de Arquitectura, deberá rendir cuenta documentada
de los fondos puestos a su disposición de acuerdo con las normas legales
reglamentarias.
6°.- Comuníquese y
vuelva por su orden al Departamento de Convenios y Dirección Nacional de
Arquitectura a sus efectos.
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