07/10/03
07/10/03
– AUTORIZACIÓN AL PREDEG PARA PAGO DE SALDO DE INDEMNIZACIONES
VISTO:
la gestión formulada
por el Programa de Reconversión y Desarrollo de la Granja (PREDEG), en
relación al pago de los saldos de las indemnizaciones a productores
granjeros afectados par el fenómeno climático del 10O de marzo de 2002;
CONSIDERANDO:
I) el Fondo creado por
el art. 2° de la ley N° 17.503, de 30 de mayo de 2002 tiene, a la fecha,
disponibilidad suficiente;
Il)
las oficinas
competentes han elevado al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca,
una nueva nómina de pagos a efectuar a productores damnificados, conforme
al cronograma aprobado y en función de las disponibilidades actuales de
recursos;
III)
conveniente autorizar
al PREDEG para efectuar los pagos de que se trata;
ATENTO:
a lo preceptuado por
la ley N° 17.503, de 30 de mayo de 2002, decreto N° 219/002, de 14 de
junio de 2002 y el art. 27 del TOCAF;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE
1°)
Autorizase al PREDEG a
efectuar el pago del saldo de las indemnizaciones a los productores
granjeros afectados por el fenómeno climático del 10 de marzo de 2002,
por un monto total de $ 20.994.128 (pesos uruguayos veinte millones
novecientos noventa y cuatro mil ciento veintiocho).
2°)
A sus efectos vuelva
al PREDEG.
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