07/10/03    

07/10/03 – AUTORIZACIÓN AL PREDEG PARA PAGO DE SALDO DE INDEMNIZACIONES

VISTO: la gestión formulada por el Programa de Reconversión y Desarrollo de la Granja (PREDEG), en relación al pago de los saldos de las indemnizaciones a productores granjeros afectados par el fenómeno climático del 10O de marzo de 2002;

CONSIDERANDO: I) el Fondo creado por el art. 2° de la ley N° 17.503, de 30 de mayo de 2002 tiene, a la fecha, disponibilidad suficiente;

Il) las oficinas competentes han elevado al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, una nueva nómina de pagos a efectuar a productores damnificados, conforme al cronograma aprobado y en función de las disponibilidades actuales de recursos;

III) conveniente autorizar al PREDEG para efectuar los pagos de que se trata;

ATENTO: a lo preceptuado por la ley N° 17.503, de 30 de mayo de 2002, decreto N° 219/002, de 14 de junio de 2002 y el art. 27 del TOCAF;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE

1°) Autorizase al PREDEG a efectuar el pago del saldo de las indemnizaciones a los productores granjeros afectados por el fenómeno climático del 10 de marzo de 2002, por un monto total de $ 20.994.128 (pesos uruguayos veinte millones novecientos noventa y cuatro mil ciento veintiocho).

2°) A sus efectos vuelva al PREDEG.