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       07/10/03    
       
      07/10/03
      – AUTORIZACIÓN AL PREDEG PARA PAGO DE SALDO DE INDEMNIZACIONES
      
       
      VISTO:
      la gestión formulada
      por el Programa de Reconversión y Desarrollo de la Granja (PREDEG), en
      relación al pago de los saldos de las indemnizaciones a productores
      granjeros afectados par el fenómeno climático del 10O de marzo de 2002; 
      
       
      CONSIDERANDO:
      I) el Fondo creado por
      el art. 2° de la ley N° 17.503, de 30 de mayo de 2002 tiene, a la fecha,
      disponibilidad suficiente; 
      
       
      Il)
      las oficinas
      competentes han elevado al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca,
      una nueva nómina de pagos a efectuar a productores damnificados, conforme
      al cronograma aprobado y en función de las disponibilidades actuales de
      recursos; 
      
       
      III)
      conveniente autorizar
      al PREDEG para efectuar los pagos de que se trata; 
      
       
      ATENTO:
      a lo preceptuado por
      la ley N° 17.503, de 30 de mayo de 2002, decreto N° 219/002, de 14 de
      junio de 2002 y el art. 27 del TOCAF; 
      
       
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      RESUELVE
      
       
      1°)
      Autorizase al PREDEG a
      efectuar el pago del saldo de las indemnizaciones a los productores
      granjeros afectados por el fenómeno climático del 10 de marzo de 2002,
      por un monto total de $ 20.994.128 (pesos uruguayos veinte millones
      novecientos noventa y cuatro mil ciento veintiocho). 
      
       
      2°)
      A sus efectos vuelva
      al PREDEG. 
       
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