14/10/03
10/10/03
– SE APRUEBA CONVENIO ENTRE EL M.T.O.P., A.N.E.P. Y LA COMISIÓN FOMENTO
DE LA ESCUELA N° 31 DE SALTO
VISTO:
el Convenio celebrado el 17 de setiembre de 2003, entre el Ministerio
de Transporte y Obras Públicas, la Administración Nacional de Educación
Pública y la Comisión Fomento de la Escuela N° 31 del Departamento de
Salto
RESULTANDO:
I) que con fecha trece de diciembre de 2001 se firmó un convenio
marco entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la
Administración Nacional de Educación Pública, aprobado por el Poder
Ejecutivo con fecha 31/1272001
II)
que el Convenio mencionado en el visto de la presente Resolución con
un aporte de la Administración Nacional de Educación Pública de
$416.000.- (pesos uruguayos cuatrocientos dieciséis mil), del que se
deducirán las Leyes Sociales correspondientes y honorarios del técnico
actuante. El monto resultante será depositado en 1 (una) cuota, para
realizar la construcción de una batería de baños con el piso
correspondiente
CONSIDERANDO:
I) que el Convenio relacionado se ajusta a lo dispuesto en el
artículo 20° de la Ley N° 17.243 del 29 de Junio de 2000, al artículo
4° del Decreto 137/001 de fecha 25 de abril de 2001 y al numeral tercero
del artículo quinto del citado Convenio marco
ATENTO:
a la normativa mencionada y a los informes de los técnicos del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas y de la Administración
Nacional de Educación Pública
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.
Apruébase, en todas sus parles, el Convenio celebrado el 17 de
setiembre de 2003, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, la
Administración Nacional de Educación Pública y la Comisión Fomento de
la Escuela N° 31 del Departamento de Salto, con el objeto de realizar la
construcción de una batería de baños con el piso correspondiente
2°.
Comunlquese, y previo conocimiento de la Auditoría Delegada del Consejo
Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública,
pase a la Gerencia de Inversiones de la citada Administración a efectos
de gestionar la transferencia a la Cuenta N° 044-000517-2, del Banco de
la República Oriental del Uruguay (Sucursal Salto), perteneciente a la
Comisión Departamental de Edificación Educativa de Salto, para la
Comisión Fomento de la Escuela N° 31 de Salto.- Cumplido, vuelva con la
constancia de dicha transferencia al Departamento de Convenios del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a sus efectos.-
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