14/10/03
10/10/03
– SE ADJUDICA A COLIER S.A. LICITACIÓN PÚBLICA N° 4/03 DE LA
DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD
VISTO:
estos antecedentes relacionados con la Licitación Pública N°4/03,
formulada por la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, para la "Adquisición de 20.000 (veinte
mil) toneladas de mezcla asfáltica para carpeta de rodadura para la
Regional 1"
RESULTANDO;
I) Que al" citado acto convocado para el 16 de mayo de 2003,
presentaron ofertas las firmas: COLIER S.A.; CONSTRUCCIONES VIALES y
CIVILES S.A.; HERNANDEZ y GONZALEZ S.A.; IDALAR S.A. y RAMON C. ALVAREZ
S.A., según Acta que consta a fojas 212 de obrados
II)
Que la Comisión Asesora de Adjudicaciones por informe de 1° de
agosto de 2003 y de acuerdo a los criterios de evaluación previstos en el
Pliego ya señalado, aconseja adjudicar el suministro de que se trata a la
empresa COLIER S.A., por la suma de $16:723.000,00 incluyendo COFIS e
I.V.A. (23%)
III)
Que la citada Dirección Nacional procedió a dar vista a los
oferentes, de acuerdo a lo establecido por el Art. 58 del “TOCAF
1996" aprobado por el Decreto N° 194/997 de 10 de junio de 1997, no
habiéndose presentado objeciones a lo actuado
IV)
Que, al tomar intervención el Tribunal de Cuentas de la República
(Oficina Central-Carpeta N°199.963), observó el gasto, por entender que
no se ha dado cumplimiento a la obligación de efectuar con la suficiente
antelación la publicación "Diario Oficial" que prevén los artículos 47 y
134 del " TOCAF 1996"
CONSIDERANDO: I) Que la
Dirección Nacional de Vialidad, por informe de fecha 26 de setiembre de
2003, manifiesta que la solicitud de publicación fue efectuada por la
Oficina de Difusión y Comunicaciones con fecha 23 de abril de 2003,
verificándose la publicación en el diario "Ultimas Noticias"
con fecha 24 de abril, no sucediendo la mismo con la efectuada en el"
Diario Oficial" cuya publicación se realizó recién con fecha 28 de
abril de 2003
II) Que, en virtud de
que el objeto del presente llamado resulta un suministro de imperiosa
necesidad para dar cumplimiento a los cometidos esenciales de la
Dirección Nacional de Vialidad, y en el entendido que el retraso en la
publicación de referencia, obedeció a razones no imputables a dicha
Secretaría de Estado, amerita adjudicar la presente licitación
insistiendo en el gasto
ATENTO: a lo
establecido por el Artículo 211, Literal B) de la Constitución de la
República, a lo dispuesto por el artículo 97 del Decreto N°194/997 de
10 de junio de 1997 "T.O.C.A.F. 1996" y Decreto N°90/000 de 3
de marzo de 2000
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Adjudícase
-insistiendo en el gasto- a la firma COLIER S.A., por la suma de
$16:723.000,00 (pesos uruguayos: dieciséis millones setecientos
veintitrés mil) incluido COFIS e !.V.A. (23%), el llamado a Licitación
Pública N°4/03 formulado por la Dirección Nacional de Vialidad para la
"Adquisición de 20.000 (veinte mil) toneladas de mezcla asfáltica
para carpeta de rodadura para la Regional 1”
2°.- Autorizase
oportunamente ya los fines de que se trata, la inversión de la suma
$16:723.000,00: (pesos uruguayos: dieciséis millones setecientos
veintitrés mil), que se discrimina en: $13:199.936,85 para suministros;
$395.998,11 para COFIS (3%) y $3:127.065,04 para I.V.A. (23%)
Dicha inversión será atendida con fondos
asignados por la Ley N°17.296 de 21 de febrero de 2001, Inciso 10,
Programa 003, Proyecto 855, Financiamiento 1.4 FIMTOP
3°.- Establécese que
la notificación del presente acto administrativo a la firma
adjudicataria, constituirá a todos los efectos legales, el Contrato de
Obra Pública, del suministro de que se trata, siendo sus derechos y
obligaciones los que surgen de las Especificaciones Técnicas Particulares
del suministro adjudicado, Pliegos Generales, su oferta; así como las
normas legales y reglamentarias aplicables en la materia
4°.- Dispónese
asimismo, con carácter suspensivo, que la empresa contratista tendrá un
plazo de 10 (diez) días hábiles a partir del siguiente al que fue
notificada, a fin de hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento de
Contrato, equivalente al 5% del monto del suministro adjudicado, la que
podrá constituir a través de los documentos de estilo en el Departamento
Notarial del Ministerio de Transporte y Obras Públicas. La falta de dicho
requisito configurará incumplimiento contractual y podrá dar lugar a la
aplicación de las sanciones pertinentes
5°.- Comuníquese,
dése cuenta al Tribunal de Cuentas de la República (Oficina
Central -Carpeta N°199.963), y previa intervención del Contador: Central
delegado por el Tribunal de Cuentas de la República en el citado
Ministerio, vuelva a la Dirección Nacional de Vialidad a fin de notificar
a las firmas oferentes, puesta en conocimiento del referido. Departamento
Notarial de la fecha de dicha actuación respecto de la firma
adjudicataria, y demás efectos.
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