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       14/10/03    
       
      10/10/03
      – SE INCLUYE EN INVENTARIO DE CANTERAS DE OBRAS PÚBLICAS, A CARGO DE LA
      DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD DEL MTOP, YACIMIENTO DE PIEDRA BASÁLTICA,
      UBICADO EN LA 10ª SECCIÓN JUDICIAL DEL DEPARTAMENTO DE TACUAREMBÓ.
      
       
      VISTO:
      estos antecedentes relativos al yacimiento de piedra basáltica ubicado en
      el padrón N° 2070 de la 10ª Sección Judicial del Departamento de
      Tacuarembó.  
      RESULTANDO:
      I) Que la Corporación Vial del Uruguay S.A. solicita a la Dirección
      Nacional de Vialidad su inclusión en el Inventario de Canteras de Obras
      Públicas a que refiere el artículo 250 de la Ley N°16.320 de 1° de
      noviembre de 1992.-
      
       
      II)
      Que el material a extraer será utilizado en la obra: "Ruta N° 5
      tramo: 245Km000 -270Km000", a cargo de la empresa Colier S.A. 
      
       
      III)
      Que el Departamento Letrada del Ministerio de Transporte y Obras
      Públicas, no formula observaciones al respecto.
      
       
      CONSIDERANDO:
      que las canteras incluídas en el referido inventario no están regidas
      por las disposiciones del Código de Minería, y rigen por consiguiente
      las normas de derecho común aplicables en la materia. 
      
       
      ATENTO:
      a lo dispuesto en el artículo 250 de la Ley N° 16.32G de 1° de
      noviembre de 1992. 
      
       
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      
       
      R
      E S U E L V E:
      
       
      1º.
      - Inclúyase en el Inventario
      de Canteras de Obras Públicas, a cargo de la Dirección Nacional de
      Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, el siguiente
      bien: yacimiento de piedra basáltica, ubicado en la 10ª Sección
      Judicial del Departamento de Tacuarembó, padrón N° 2070 cuyo
      propietario es el Señor Juan Carlos Itzaina. 
      
       
      2°.-
      Autorízase la extracción de dichos materiales solicitada por la
      Corporación Vial del Uruguay S.A., los que serán utilizados en la obra:
      "Ruta N° 5 tramo: 245Km000 - 270Km000", a cargo de la empresa
      Colier S. A. 
      
       
      3º.
      - Comuníquese, publíquese y
      vuelva a la Dirección Nacional de Vialidad para la notificación de los
      interesados y demás efectos.
      
       
       
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